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Venta de vivienda de protección oficial - VMS Abogados

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Venta de vivienda de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no viene libre de limitaciones para las VPO, y es que, para su comercialización, los propietarios deberán disponer de un permiso de transmisión realizada por la Administración competente.
La tenencia y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial requiere mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba mediante inspecciones periódicas efectuadas por los Servicios de Inspección. Del quebrantamiento de esta limitación se podría acabar cometiendo una falta.
Se marca un valor máximo de venta y un valor designado de alquiler. En el caso de la compraventa, cuando la propiedad se libera, el propietario puede venderla a coste de mercado sin tener que cumplir el límite establecido por la legislación autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid impone determinados requisitos a aquellos que quieren adquirir una casa, ya sea mediante la compra o alquiler.Esencialmente, las rentas del hogar no pueden exceder de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se establece en los Presupuestos Generales, y del mismo modo, la persona que quiere acceder a una Vivienda de Protección Oficial no puede ser propietario de pleno derecho o de un dominio real de uso o disfrute sobre otra casa protegida en todo el territorio nacional, ni una exenta en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se ha especificado, la VPO deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser residencia vacacional o utilizada como fuente de ingresos, por ejemplo, a través de su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede establecer condiciones extra para el acceso a viviendas reservadas a personas con ciertas situaciones particulares, como son la discapacidad o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda posea la calificación de Vivienda de Protección Oficial, y en consecuencia se encuentre protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en virtud de lo que se conseguirá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez completando, y cumpliendo con unos plazos, se obtendrá una certificación definitiva.Fruto de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, según si resulta de una promoción pública o privada, la casa tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se dijo antes, la casa tiene que destinarse a residencia habitual, y el precio de compra de la misma se encontrará acotado.
Para vender una VPO se tiene que disponer de la autorización de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, contando igualmente con que el valor de su venta será más bajo.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de arrendamiento, los herederos del titular del contrato podrán acogerse en su lugar siempre y cuando cumplieran los requisitos para pedir la vivienda y tuvieran el lazo de consanguinidad con el arrendatario requerido, así como estar censados en la vivienda.Siendo un contrato de compraventa, el heredero de la persona fallecida que ostentaba la titularidad de la vivienda podrá subrogarse en la situación del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho hacemos el análisis de cada caso concreto para comprobar si los clientes están en situación de acceder a una vivienda de estas características, del mismo modo que, cuando se ha tenido acceso a la propiedad, orientamos en todas aquellas tareas y trámites que quisieran realizar en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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