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Venta de una vivienda de protección oficial - VMS Abogados

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Venta de una vivienda de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no viene libre de restricciones para las VPO, y es que, para su venta, los propietarios tendrán que disponer de un permiso de transmisión emitida por la Administración competente.
La posesión y/o propiedad de una VPO requiere mantenerla como vivienda habitual, lo que se comprueba mediante inspecciones periódicas hechas por los Servicios de Inspección. Del incumplimiento de esta limitación se podría acabar incurriendo en una infracción.
Se marca un precio máximo de venta al igual que un precio concreto de arrendamiento. En el caso de la compraventa, cuando la vivienda se descalifica, el titular tiene la posibilidad de venderla a precio de mercado sin necesidad de ajustarse al límite fijado por la normativa regional.
- Requisitos económicos de acceso: para el acceso a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid exige ciertos requisitos a quienes desean adquirir una casa, ya sea a través de la compra o alquiler.Fundamentalmente, las rentas del hogar no deben exceder de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se refleja en los Presupuestos Generales, y del mismo modo, la persona que desea tener acceso a una VPO no puede ser titular de pleno dominio o de un dominio real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en toda la geografía española, ni una libre en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se mencionó, la Vivienda de Protección Oficial tendrá que dirigirse a vivienda habitual, por lo que no deberá ser residencia vacacional o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede establecer requisitos extra para el acceso a viviendas dirigidas a personas con ciertas circunstancias particulares, como son la discapacidad o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda tenga la certificación de Vivienda de Protección Oficial, y por tanto se encuentre protegida por la Administración, es necesario un procedimiento administrativo en virtud de lo que se obtendrá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez concluido, y cumpliendo con unos tiempos, se logrará una calificación final.Fruto de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, en función de si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se mencionó antes, la casa debe dirigirse a residencia habitual, y el valor de compra de la misma estará limitado.
Para vender una VPO se tiene que disponer de la autorización de la Autoridad Competente en materia de vivienda, teniendo en cuenta igualmente con que el precio de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de arrendamiento, los herederos del propietario del contrato podrán acogerse en su lugar siempre y cuando cumplieran las condiciones para pedir la vivienda y tuvieran el grado de parentesco con el arrendatario requerido, así como estar censados en la casa.Siendo un contrato de compraventa, el heredero del fallecido que ostentaba la propiedad del inmueble tendrá la posibilidad de subrogarse en la situación del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el bufete realizamos el estudio de cada caso concreto para verificar si los clientes se encuentran en situación de acceder a una casa de este tipo, del mismo modo que, cuando se ha tenido acceso a la propiedad, asesoramos en todas aquellas tareas y trámites que desearan llevar a cabo en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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