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¿Una vivienda de protección oficial puede tener cláusula suelo? - VMS Abogados

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¿Una vivienda de protección oficial puede tener cláusula suelo? - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección ofrecida no está exenta de limitaciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su venta, los propietarios tendrán que contar con un permiso de transmisión emitida por la Administración correspondiente.
La tenencia y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial exige mantenerla como vivienda habitual, lo que se comprueba mediante revisiones regulares efectuadas por los Servicios de Inspección. De la inobservancia de esta limitación se podría terminar cometiendo una falta.
Se marca un valor máximo de venta al igual que un valor designado de alquiler. En el caso de la compraventa, cuando la vivienda se libera, el titular tiene la posibilidad de venderla a precio de mercado sin necesidad de cumplir el límite determinado por la normativa regional.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid impone ciertos requisitos a quienes desean adquirir una casa, ya sea mediante la adquisición o alquiler.Esencialmente, los ingresos del hogar no deben ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se recoge en los Presupuestos Generales, y del mismo modo, la persona que desea tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no puede ser titular de pleno dominio o de un dominio real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en toda la geografía española, ni una exenta en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se mencionó, la VPO deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser residencia vacacional o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su arrendamiento.
La Comunidad de Madrid puede imponer condiciones adicionales para el acceso a viviendas reservadas a personas con determinadas características especiales, como son la discapacidad o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda posea la certificación de VPO, y por tanto esté protegida por la Administración, es necesario un proceso administrativo en base a lo que se conseguirá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez concluido, y respetando unos plazos, se logrará una calificación definitiva.Fruto de la calificación como VPO, según si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá un régimen u otro. En las primeras, como ya se comentó antes, la casa debe destinarse a residencia habitual, y el valor de acceso a la misma estará limitado.
Para vender una Vivienda de Protección Oficial se tiene que disponer de la autorización de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, teniendo en cuenta igualmente con que el precio de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de alquiler, los herederos del titular del contrato podrán acogerse en su lugar siempre y cuando cumplieran las condiciones para solicitar la casa y tuvieran el grado de consanguinidad con el inquilino exigido, así como estar empadronados en la casa.Tratándose de un contrato de compraventa, el heredero del difunto que poseía la titularidad del inmueble tendrá la posibilidad de subrogarse en la posición del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho realizamos el estudio de cada caso específico para verificar si los clientes están en situación de acceder a una vivienda de este tipo, del mismo modo que, cuando se ha tenido acceso a la vivienda, acompañamos en todas aquellas tareas y trámites que desearan realizar con respecto a su VPO.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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