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Promesa de compraventa casa - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, según su art. 1.446, que el precio de la compraventa sea la entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que fija que sea cierto, es decir, que quede perfectamente demarcado y recogido en el documento, exigiendo para ello que el valor sea pactado, no pudiéndose obligar de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
Así pues, una parte clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en el objeto del contrato y en el coste, a pesar de que no hayan sido entregados.
Así las cosas, hay numerosos contratos que guardan relación con la concesión de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Promesa de compraventa casa - Características de nuestro servicio
En cuanto a las labores que realiza un abogado especialista en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, trataremos de sintetizarlas, dado que son amplias y, en la mayoría de las ocasiones, complejas:
- Primeramente, se debe obtener información registral de la vivienda, esto es, solicitar al Registro de la Propiedad donde radique el inmueble que nos informe en qué circunstancias se encuentra la propiedad: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Es casi tarea imprescindible antes de proceder a concretar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se reflejen condiciones pactadas entre vendedor y comprador, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y comunicar al cliente qué tipo de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, por supuesto, el propio importe de la propiedad. Una de las funciones desempeñadas por los abogados reside también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos encargamos de llegar a acuerdos como representantes de nuestros clientes, y conseguir, en muchas ocasiones, que se cumplan los fines marcados en cuanto a conseguir el valor deseado a cambio del inmueble cuando queremos vender o conseguir una reducción en el mismo cuando queramos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos encargamos de verificar si las partes se encuentran capacitadas para realizar la enajenación o transferencia de la vivienda, ya que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Código Civil concede capacidad para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo sabe, no obliga la Ley a oficializar los contratos de compraventa en una notaría, aunque evidentemente, es totalmente aconsejable. Esto es, Pedro puede vender a Jesús su vivienda mediante un contrato formalizado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y por supuesto, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para prevenir problemas en un futuro.
Promesa de compraventa casa - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, sabemos que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más pequeño contratiempo no previsto, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes financieramente como en circunstancias de compraventa de propiedades, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y tomado la decisión de adquirir una casa.
Es verdad que tenemos la posibilidad de postergar el momento de acudir a un abogado cuando tenemos elegida la casa: en ese momento, deberíamos comenzar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos asesore y guíe sobre las pautas a seguir: recopilación de información registral, acuerdo para el intercambio de opiniones acerca del precio, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que vayamos a suscribir un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y a pesar de nuestros asesoramiento, suele ser frecuente en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen problemas a nivel legal, por lo que estamos totalmente habituados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Confiamos que el presente post os ayude a comprender en qué consisten los contratos de alquiler sobre inmueble y cuáles son las labores que desempeña un abogado, pero si tenéis cualquier clase de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.