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Precontrato de compraventa de vivienda - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también admite, según su artículo 1.446, que el pago de la venta consista en entrega de algo diferente al dinero, pero sí que marca que sea veraz, esto es, que quede perfectamente demarcado y reflejado en el documento, siendo necesario para ello que el coste sea pactado, no pudiéndose obligar unilateralmente por ninguna de las partes actuantes.
Así pues, un elemento clave del contrato de compraventa es el perfeccionamiento de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en el objeto del contrato y en el coste, a pesar de que no hayan sido entregados.
Así las cosas, hay múltiples contratos que tienen relación con la concesión de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Precontrato de compraventa de vivienda - Características de nuestro servicio
En cuanto a las labores que realiza un abogado especialista en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de sintetizarlas, dado que son amplias y, en la mayor parte de los casos, complicadas:
- En primer lugar, se tiene que conseguir información registral de la propiedad, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se sitúe el inmueble que nos indique en qué situación se encuentra el inmueble: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi tarea imprescindible antes de empezar a concretar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se contemplen cláusulas acordadas entre vendedor y adquiriente, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Debe cerciorarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y comunicar al cliente qué clase de gastos le va a ocasionar, excluyéndose de estos, como es obvio, el propio coste de la propiedad. Una de las labores llevadas a cabo por los abogados reside también en confeccionar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos encargamos de negociar como representantes de nuestros clientes, y lograr, en muchas ocasiones, que se respeten los objetivos determinados en cuanto a obtener el valor deseado a cambio de la vivienda cuando queramos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos encargamos de verificar si las partes están capacitadas para realizar la enajenación o transmisión de la vivienda, ya que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo sabe, no impone la Ley a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque por supuesto, resulta totalmente recomendable. Esto es, Pedro puede vender a Juan su vivienda mediante un contrato formalizado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, aunque su inscripción nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para evitar quebraderos de cabeza en un futuro.
Precontrato de compraventa de vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, somos conscientes de que los problemas jurídicos que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo no previsto, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas e importantes financieramente como en circunstancias de compraventa de propiedades, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y adoptado la decisión de comprar una casa.
Es cierto que podemos postergar el momento de recurrir a un abogado cuando tenemos escogida la casa: en ese momento, deberíamos empezar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y oriente sobre los pasos a seguir: obtención de datos registrales, acuerdo para el intercambio de opiniones sobre el precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que tengamos la intención de hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y pese a nuestro consejo, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel jurídico, por lo que estamos totalmente habituados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Esperamos que este artículo os ayude a entender en qué consisten los contratos de arrendamiento sobre inmueble y cuáles son las tareas que realiza un abogado, pero si tenéis cualquier clase de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.