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Normativa para convertir en San Sebastián de los Reyes un local en vivienda - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social precisa de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho de la vivienda.
Con lo cual, y considerando el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios compren viviendas cuyo fin original era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
Así surge una nueva manera de acceso a vivienda, que no resulta ajena a cuestiones, tanto de condición técnica como jurídica.
Como hemos comentado, realizar el cambio de uso de un local en el que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a los requerimientos de una vivienda no se encuentra exento de una adecuación técnica del inmueble, siendo obligatorio cumplir con ciertas medidas, situación en relacióna la acera de cada una de las estancias que conforman la vivienda, necesidad de tener cocina y de sistema de evacuación de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en lo relacionado con la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las demandas técnicas o físicas que tiene que reunir el inmueble se le sumarán las legales, de manera que se tiene que cumplir con lo especificado por la normativa administrativa en materia urbanística y control sobre usos del suelo. En base a ello, tiene que tenerse presente que el cambio de uso terciario a residencial exigirá la tramitación de la obligatoria licencia de obra solicitada mediante el proceso ordinario habitual. Para ello, hay que adjuntar un proyecto preparado por un técnico experto en este tipo de cuestiones, y que deberá incluir aquellas obras a realizar que se ajustan al Código de Edificación. No obstante, y con anterioridad, conviene obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para garantizar que el nuevo uso que tendrá el suelo no proscribe con lo estipulado por la legislación urbanística. De igual modo, es recomendable solicitar un estudio de viabilidad previo realizado por un técnico especializado, que permitirá determinar si el cambio de uso es posible, aunque también es posible que lo realice el propio Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero muy aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe conculcar con lo establecido por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o estructura del edificio en el que se ubica, primando principalmente la posibilidad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada reconocido constitucionalmente. Sin embargo, cuando se se ven alterados elementos comunes hay que contar con el consentimiento de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Normativa para convertir en San Sebastián de los Reyes un local en vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la tramitación que hay que llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el proceso para la concesión del permiso y, por otro lado, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la concesión de las autorizaciones oportunas para realizar cambio de uso, pautando los pertinentes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma manera, y con la finalidad de prevenir posibles limitaciones por parte de la Comunidad de Propietarios, se llevará a cabo un estudio previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite realizar el cambio de uso. Del mismo modo, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico competente en la materia para explicar la realidad del proyecto y la inocua afectación en la estructura y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en coordinación con un profesional experto en el tema, que se encargará de preparar los informes y proyectos técnicos oportunos para proceder al cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Normativa para convertir en San Sebastián de los Reyes un local en vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han puesto de manifiesto algunas de las peculiaridades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar una persona o empresa que proceda a cambiar el uso de una propiedad de local a residencial, recomendamos que recurran al despacho cuanto antes si lo que buscan es optimizar todo el procedimiento para cambiar el uso asignado al su inmueble, o quieren asesoramiento, así como amparo legal letrada por las denegaciones emitidas por parte del Ayuntamiento y que dificultan continuar con el procedimiento.
De la misma forma, y debido a la naturaleza del cambio físico y jurídico que sufre el inmueble, la modificación tendrá que acudir al Registro de la Propiedad a través de la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la gestión de este tipo de procedimientos permitirá optimizar toda esta etapa final.
Además, la maestría y conocimiento de distintos regímenes legales que afectan a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más específico, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al conocer su naturaleza y el alcance de calificación, y tras valorar la cuestión, podremos adaptar el procedimiento de cambio de uso a los requerimientos de este tipo de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos indicado, el mejor momento para acudir al despacho será cuando el interesado se proponga proceder con el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se explicará todos los pasos por recorrer y se recibirá asistencia experta en cada una de las fases del procedimiento para el cambio de uso, encontrando la solución óptima en caso de tener que tomar distintas decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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