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IVA viviendas de protección oficial - VMS Abogados
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IVA viviendas de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no está exenta de limitaciones para las VPO, y es que, para su venta, los propietarios tendrán que contar con una autorización de transmisión realizada por la Administración competente.
La tenencia y/o propiedad de una VPO exige mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba a través de revisiones regulares hechas por los Servicios de Inspección. Del incumplimiento de esta restricción se podría acabar incurriendo en una falta.
Se establece un valor máximo de venta y un valor concreto de arrendamiento. En el caso de la compraventa, una vez que la propiedad se libera, el propietario puede venderla a precio de mercado sin tener que cumplir el límite determinado por la legislación regional.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid exige determinados requisitos a aquellos que desean comprar una casa, ya sea mediante la compra o alquiler.Fundamentalmente, los ingresos familiares no pueden ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se recoge en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que desea acceder a una Vivienda de Protección Oficial no debe ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en toda la geografía española, ni una exenta en el territorio de la CAM.
Como previamente se ha especificado, la Vivienda de Protección Oficial deberá destinarse a vivienda habitual, por lo que no podrá tratarse de una segunda residencia o utilizada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer requisitos extra para el acceso a viviendas reservadas a personas con determinadas características particulares, como son la minusvalía o el régimen de familia numerosa.
- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una casa tenga la calificación de VPO, y por tanto esté protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en virtud de lo que se obtendrá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y respetando unos plazos, se logrará una calificación final.Resultado de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, según si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se dijo anteriormente, la vivienda tiene que destinarse a residencia habitual, y el precio de compra de la misma estará acotado.
Para vender una VPO se tiene que disponer de la autorización de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, teniendo en cuenta del mismo modo con que el valor de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas propiedades objeto de alquiler, los herederos del propietario del contrato podrán acogerse en su posición siempre y cuando reunieran los requisitos para solicitar la vivienda y mantuvieran el lazo de consanguinidad con el arrendatario requerido, así como estar empadronados en la casa.Tratándose de un contrato de compraventa, el heredero del finado que poseía la titularidad de la vivienda tendrá la posibilidad de subrogarse en la situación del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el bufete llevamos a cabo el estudio de cada caso concreto para verificar si los clientes están en situación de acceder a una vivienda de estas características, de la misma manera que, cuando se ha tenido acceso a la vivienda, orientamos en todas aquellas gestiones y trámites que quisieran llevar a cabo en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.
CASO DE ÉXITO: Se demuestra la no prescripción de una acción
Nuestros clientes, un grupo de vecinos de una Comunidad de propietarios, solicitaron nuestra ayuda debido a que una vecina realizó obras en su terraza sin consentimiento de la Comunidad, provocando un perjuicio a nuestros clientes.
CASO DE ÉXITO: Alteración de elemento común comunidad de propietarios
Nuestros clientes, solicitaron nuestra ayuda al buscar la cesación de obras realizadas por la otra parte en las terrazas comunes de una Comunidad de Propietarios. Dichas alteraciones, no autorizadas por la Comunidad de Propietarios, incluyen desmantelamiento de la cubierta, instalación de barandillas, forjados, nuevos accesos, muros y una barbacoa, causando perjuicios y humedades a nuestros clientes. VMS abogados exigió la retirada de las construcciones y la restitución de la terraza al estado en el que se encontraba.
CASO DE ÉXITO: Capacidad de demandar por vecinos
En una Comunidad de Propietarios, una vecina realizó modificaciones de un elemento común sin contar con el consentimiento de la Comunidad . De esta manera, unos vecinos solicitaron nuestra ayuda debido a que estaban sufriendo daños y perjuicios por esta alteración estructural.
CASO DE ÉXITO: Delito de daños, arrebato y dilaciones indebidas
CASO DE ÉXITO: Delito de daños, arrebato y dilaciones indebidas. Una Comunidad de Propietarios solicita nuestra ayuda cuando se enfrenta a un problema surgido por la destrucción de sus cámaras de seguridad a manos de una vecina.
CASO DE ÉXITO: No devolución fianza
CASO DE ÉXITO: No devolución fianza. Nuestra Cliente se puso en contacto al recibir una demanda que había interpuesto su inquilino en reclamación de 2.000 euros, que habían fijado en concepto de fianza al comienzo de la relación arrendaticia.