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Inscribirse en viviendas de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección ofrecida no se encuentra libre de restricciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su venta, los propietarios deberán disponer de un permiso de transmisión realizada por la Administración competente.
La tenencia y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial exige mantenerla como vivienda habitual, lo que se comprueba a través de inspecciones regulares hechas por los Servicios de Inspección. Del quebrantamiento de esta limitación se podría acabar cometiendo una infracción.
Se establece un precio máximo de venta al igual que un precio concreto de arrendamiento. En el caso de la compraventa, una vez que la propiedad se libera, el titular puede venderla a coste de mercado sin tener que cumplir el límite determinado por la legislación autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una VPO la Comunidad de Madrid solicita ciertos requisitos a aquellos que quieren comprar una casa, ya sea mediante la compra o alquiler.Fundamentalmente, los ingresos del hogar no deben ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se establece en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que desea tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no debe ser propietario de pleno derecho o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en toda la geografía española, ni una libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Como anteriormente se ha especificado, la Vivienda de Protección Oficial deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser segunda residencia o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer condiciones adicionales para acceder a viviendas dirigidas a personas con determinadas características particulares, como son la discapacidad o el régimen de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda tenga la calificación de Vivienda de Protección Oficial, y en consecuencia se encuentre protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en base a lo que se obtendrá, en primer lugar, una calificación provisional sobre el proyecto, y una vez concluido, y respetando unos tiempos, se logrará una calificación definitiva.Fruto de la calificación como VPO, según si se trata de una promoción pública o privada, la casa tendrá un régimen u otro. En las primeras, como ya se dijo anteriormente, la vivienda debe dirigirse a residencia habitual, y el precio de acceso a la misma estará acotado.
Para vender una VPO se tiene que disponer de la licencia de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, contando igualmente con que el valor de su venta será más bajo.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de arrendamiento, los herederos del titular del contrato tendrán la posibilidad de subrogarse en su posición siempre y cuando cumplieran las condiciones para pedir la casa y tuvieran el lazo de consanguinidad con el arrendatario exigido, así como estar empadronados en la vivienda.Siendo un contrato de compraventa, el heredero de la persona fallecida que poseía la titularidad del inmueble tendrá la posibilidad de subrogarse en la situación del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el bufete confeccionamos el análisis de cada caso concreto para comprobar si los clientes se encuentran en posición de acceder a una casa de este tipo, del mismo modo que, una vez que se ha tenido acceso a la vivienda, acompañamos en todas aquellas gestiones y trámites que desearan realizar con respecto a su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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