Nos encontramos en:
Honorarios abogado reclamación cláusula suelo - VMS Abogados - ¿ERES UNO DE LOS AFECTADOS POR LA CLÁUSULA SUELO?
La sentencia dictada el 23 de diciembre de 2015 del Tribunal Supremo estableció como abusivas las cláusulas que exigen al cliente el pago de los gastos de formalización de la hipoteca (no de la compraventa). Por esto mismo, exige a la entidad bancaria, por ser el interesado en el registro de la escritura de la hipoteca ante el Registro de la Propiedad correspondiente, a abonar tanto los costes como los impuestos y las comisiones que resultan del préstamo hipotecario.
En esta situación, como somos bufete con un estupendo equipo experto de abogados cláusula suelo en Madrid, podemos tramitar la reclamación de la cláusula suelo y lograr la devolución de las cantidades indebidamente cobradas.
- Escritura de hipoteca.
- Factura del notario.
- Factura del registrador.
- Carta de pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).
Contacte con nuestros abogados especialistas en cláusulas de suelo.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Honorarios abogado reclamación cláusula suelo - Características de nuestros servicios y base legal para nuestras reclamaciones.
Las reclamaciones empezaron gracias a una sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que atacaba a las cláusulas de Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
Esta resolución judicial hace una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Deja sin efecto con carácter general los suelos en los préstamos hipotecarios y añade que los bancos deberán regresar los intereses cobrados de más desde la sentencia del Tribunal Supremo.
Lo que más temían los bancos, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas expandiera las devoluciones de las entidades a las firmas de los contratos, se ha hecho realidad. El impacto potencial es de unos 4.000 millones de euros.
Así que, la buena noticia para los clientes hipotecados con este tipo de cláusula en sus préstamos es mala para los bancos con estas cláusulas.
Hay dos que no se verán afectadas de ninguna manera, puesto que no las usaban: Santander y Bankinter. Las repercusiones en las demás entidades varían.
¿Pero qué es lo que tienen que hacer los perjudicados para recuperar su dinero pagado de más?
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo únicamente puntualiza que las devoluciones no deben limitarse a las cantidades pagadas desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que hay que volver atrás, hasta la firma del contrato.
Honorarios abogado reclamación cláusula suelo - Los afectados tienen que hacer la reclamación de forma individual
No obstante esto no implica ni por asomo que las entidades financieras tengan la obligación de devolver el dinero automáticamente.
La Confederación Española de Cajas de Ahorros ya ha aclarado que “esta resolución no es de aplicación directa. El impacto que tendrá en las entidades de crédito se se irá viendo según los juzgados y tribunales españoles, con asuntos pendientes, analicen cómo se debe aplicar en cada caso”, sentencia.
Esto significa, de entrada, y a falta de acciones judiciales conjuntas que previsiblemente se presentarán por parte de asociaciones de consumidores y usuarios, hay que reclamar de forma individual. Aquí es donde tienen mayor importancia los abogados cláusula suelo.
una vez se determina el carácter abusivo de la cláusula, la entidad bancaria, esta vez sí, tiene la obligación de devolver los intereses excesivos desde que se firmó el contrato.
También hay que añadir una resolución judicial de primera instancia del pasado abril que declara que todas, pero que todas las cláusulas suelo, no son válidas, en respuesta a la demanda en masa presentada por Adicae.
Pero todavía no está todo perdido para la banca, porque esa sentencia no es decisiva, pues aún no es firme, y ya ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial y se puede llevar incluso ante el Supremo.
Las entidades bancarias no tienen la obligación de devolver de oficio el dinero
Hoy se puede reclamar gracias a una resolución judicial de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que iba en contra de las cláusulas de Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
En su origen, la sentencia hizo una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Revoca con carácter general las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios y añade que los bancos deberán retornar los intereses cobrados de más desde la sentencia del Tribunal Supremo.
Lo peor que les podía pasar a las entidades bancarias, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas extendiera el reembolso de las entidades a las firmas de los contratos, se ha hecho realidad. El impacto potencial es de unos 4.000 millones de euros.
Por otra parte, Adicae afirma que la sentencia de hoy del Tribunal Europeo brinda la oportunidad a que todos los afectados de esa macrodemanda, unos 15.000, lleguen a recuperar todo lo que se les cobró de más, no tan solo desde mayo de 2013.
“Esta resolución apura cada uno de los plazos de resolución”, ha afirmado una rueda de prensa el presidente de Adicae, Manuel Pardos, que solicita a la banca una rectificación.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pide a “los bancosque devuelvan de oficio las cantidades cobradas indebidamente”. Si bien puntualiza, que, “en lo que se espera a cómo reacciona la banca, OCU ayudará, como hasta el momento, a todos los afectados a demandar este abuso si no tengasn otras opción que ir por vía judicial; pero con una diferencia, son conscientes de que les van a devolver todo lo cobrado de más”.
En su momento, tras la sentencia del Supremo del 9 de mayo de 2013, BBVA fue el primero en devolver, motu proprio, el dinero. La entidad cuyo presidente es Francisco González anunció en junio de 2013 que retiraba de una vez la cláusula a cerca de 425.000 hipotecados, a quienes además regresó lo el exceso cobrado desde mayo de ese año.
La cláusula suelo de BBVA fijaba un límite mínimo de intereses en el 2,8%.
Le siguieron las otras dos entidades bancarias, Abanca y Cajamar, condenadas por el Supremo por comerciar las cláusulas suelo sin transparencia. Ambas han regresado lo cobrado desde mayo de 2013. Sin embargo el resto de las entidades bancarias no lo han hecho, a no ser que lo dictamine una resolución de un juez.
También retiraron las cláusulas suelo CaixaBank y Bankia el año pasado, aunque sin devolver lo cobrado de más. Ni siquiera desde mayo de 2013.
¿Pero qué tienen que hacer los afectados para recuperar el importe pagado de más por la cláusula suelo?
La resolución judicial del Tribunal de Justicia Europeo sólo aclara que las devoluciones no se tienen que limitar a los importes pagados desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que hay que remontarse a la firma del contrato. La mejor opción para reclamar su dinero es que se ponga en contacto con un despacho de abogados cláusula suelo.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.