Nos encontramos en:
Gastos disolución de condominio - VMS Abogados
Debemos considerar el condominio como la situación en la que varias personas tienen en común el dominio o propiedad de una cosa. De esta modo, el artículo 399 del Código Civil determina que los condueños ostentan la propiedad de su parte de la cosa común, así como de los beneficios que le correspondan, y pueden usar con libertad de esa parte, vendiendo, donando o hipotecando. únicamente se prevé una excepción a la libre decisión, cuando la cosa común no puede dividirse.
Una vez que tenemos en cuenta cómo funciona un condominio, podemos entender que, a través de la extinción del mismo, se repartirá la situación compartida establecida sobre un bien. Para obtener la división de la cosa común, cualquier copropietario puede ejercitar el derecho a su división libremente, ya que no hay obligación de permanecer en el régimen de cotitularidad de forma permanente, salvo que haya un pacto de indivisión o de separación sobre la propiedad común, siendo la duración máxima del pacto de 10 años, pero recogiendo el Código Civil la posibilidad de prorrogarse a través de un nuevo acuerdo alcanzado por los cotitulares.
Se debe aclarar la diferencia entre propiedad divisible e indivisible:
- Si la propiedad común fuere indivisible, se procederá a la separación económica de la misma, mediante la venta y la distribución del precio obtenido.
- Si la propiedad común fuere divisible, se procede a la división material, y, por tanto, se adquiere la parte de la propiedad común acorde con el coeficiente del cotitular en la cosa común.
La experiencia nos ha mostrado que las siguientes son los principales motivos de supresión de un condominio:
- Que el copropietario desista de sus derechos, ya que no existe necesidad de permanecer en el régimen de copropiedad.
- En el caso de los inmuebles, al tratarse de propiedades que no pueden separarse, si no hay atribución total a uno de los copropietarios con la consecuente indemnización al resto de comuneros, se vende la propiedad y se reparte el dinero entre los copropietarios.
Debido a ello, para proceder a la supresión del condominio tiene que darse la previa existencia del mismo, y por tanto diversas personas tienen que ser propietarias de una cosa común. No debe haberse firmado el contrato de indivisibilidad o exclusión, y debe existir un deseo de dividir el bien común, ya sea individual, por un solo cotitular, que tendrá la posibilidad de instar el procedimiento legal para la disolución de la cosa común, o tiene que haberse llegado a un acuerdo entre todos los comuneros para proceder a la separación de el bien común.
Contacte con nuestros abogados especialistas en extinción de condominios.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Gastos disolución de condominio - Características de nuestro servicio
Las principales tareas que realiza un letrado en este asunto son las siguientes:
- Reunión con los cotitulares para alcanzar un acuerdo ventajoso sobre la división de la cosa común. Cuando se ha alcanzado un pacto se procede a la coordinación con la notaría para firmar la escritura a través de la que se separa la propiedad común, siempre que todos los cotitulares hayan aprobado la disolución. Es la vía más ágil para la disolución del condominio y se encuentra recogida en la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
- Cuando no hay pacto para la división de la cosa común, es necesario interponer la acción judicial de separación de la cosa compartida indivisible. Se interpondrá ante el juzgado correspondiente, y una vez se obtenga la sentencia que determine la indivisibilidad del inmueble, se realizarán los trámites estipulados en la Ley de Jurisdicción Voluntaria para iniciar la subasta del mismo.
- Decisiones legales originadas de la disolución del condominio por la influencia de este en otros asuntos legales.
Básicamente, el abogado orientará en el proceso para que los copropietarios de la cosa común alcancen un pacto y se proceda a la venta del bien común si esta fuere indivisible, o compra de la proporción correspondiente del bien común en el caso de que esta fuere divisible, que se plasmará en escritura notarial.
Por otro lado, y en el supuesto de no alcanzarse un pacto entre los cotitulares, se empezará un proceso judicial que concluirá con la subasta del bien.
Igualmente, guiamos en el resto de las acciones legales derivadas de la disolución del condominio. Por ejemplo, cuando existe sobre el bien común una seguridad, como ocurre habitualmente con los préstamos hipotecarios sobre propiedades inmuebles. Después de la disolución de la situación de cotitularidad se tendría que proceder a la novación subjetiva del contrato del préstamo hipotecario y posicionar como garante a la persona que ha adquirido la propiedad de manera íntegra, debido a que, tal y como recoges el artículo 405 del Código Civil, la separación del bien común no afectará a otra persona, el cual conservará los derechos del préstamo hipotecario, servidumbre u otros derechos reales le pertenecieran antes de hacer la separación.
En los temas de familia es frecuente que se reciban consultas sobre el derecho de utilización tras la disolución del condominio. Recomendamos que el derecho de utilización se apunte en el Registro de la Propiedad para ser oponible a otras personas de buena voluntad.
Gastos disolución de condominio - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
La situación de condominio se genera principalmente cuando el dueño de un inmueble muere, y la misma es comprada por sus herederos, así como en los divorcios entre parejas cuando los dos son titulares de una cosa común.
Si requieres de un experto que conozca de primera mano las causas que dan lugar a la situación de copropiedad, y buscas un asesoramiento específico para proceder a la disolución del condominio, llegar a un acuerdo con los demás cotitulares, o hacer valer tu derecho a disolver el condominio a través de un procedimiento legal, así como orientación para las acciones judiciales que puedan generarse, contacta con nuestro despacho.
Debemos tener en cuenta que, tal y como hemos comentado antes, el derecho a disponer libremente de la parte proporcional de la cosa común puede estar ceñido al acuerdo de indivisibilidad que podría alcanzar hasta los diez años y que se permite la renovación mediante un acuerdo de los copropietarios. En caso de que no se llegue a un acuerdo, la actuación no se encuentra sujeta a plazo de prescripción, en base a lo dispuesto por el art. 1965 del Código Civil, por lo que cuando lo desee el copropietario podrá ejercitar su derecho a separar a cosa común, siempre que, tal y como hemos comentado, no exista acuerdo de indivisibilidad.
El momento más adecuado para acudir a nuestro bufete es en el que surge el interés por dividir la cosa común, para poder estudiar de manera exhaustiva todas las vías posibles e iniciar la más ventajosas para el cliente, es por ello por lo que siempre recomendamos que os anticipéis a que aparezca el problema, y nos pongamos en contactos con un abogado especialista desde el principio.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.