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Gastos de una extinción de condominio - VMS Abogados
Debemos entender el condominio como la situación en la que diferentes personas tienen en común el dominio o propiedad de una cosa. Así, el artículo 399 del Código Civil determina que los condueños tienen la propiedad de su parte de la cosa común, así como de los beneficios que le correspondan, y pueden disponer libremente de esa parte, vendiendo, donando o hipotecando. únicamente se contempla una salvedad a la libre disposición, cuando la cosa común no puede dividirse.
Una vez que tenemos en cuenta en qué consiste un condominio, podemos comprender que, a través de la supresión del mismo, se repartirá la situación compartida establecida sobre un bien. Para obtener el reparto de la propiedad común, cualquier consueño puede ejercer el derecho a su división con libertad, debido a que no existe necesidad de continuar en la situación de copropiedad de manera permanente, salvo que exista un acuerdo de indivisión o de separación sobre la cosa común, siendo el periodo máximo del pacto de 10 años, pero previendo por el Código Civil la opción de prorrogarse a través de un nuevo acuerdo firmado por los copropietarios.
Se tiene que aclarar la diferencia entre propiedad divisible e indivisible:
- Si la cosa común no pudiera dividirse, se procederá a la separación económica de la misma, mediante la venta y el reparto del valor recibido.
- Si la propiedad común fuere divisible, se procede a la separación material, y, debido a ello, se obtiene la parte de la cosa común acorde con el coeficiente del cotitular en la propiedad común.
Los años nos han demostrado que las siguientes son los principales argumentos de extinción de un condominio:
- Que el cotitular renuncie a sus derechos, puesto que no hay necesidad de permanecer en el régimen de copropiedad.
- En el caso de las viviendas, al tratarse de cosas que no pueden separarse, si no existe adjudicación completa a uno de los copropietarios con la correspondiente indemnización al resto de comuneros, se pone en venta la propiedad y se distribuye el importe entre los copropietarios.
Debido a ello, para que se proceda a la extinción del condominio tiene que darse la previa existencia del mismo, y en consecuencia varias personas deben ser titulares de una cosa común. No tiene que haberse acordado el pacto de indivisibilidad o exclusión, y tiene que existir un deseo de dividir la cosa común, ya sea individual, por un único copropietario, que tendrá la posibilidad de instar el procedimiento judicial para la disolución de la cosa común, o tiene que haberse llegado a un pacto entre todos los copropietarios para proceder a la división de la cosa común.
Contacte con nuestros abogados especialistas en extinción de condominios.
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Gastos de una extinción de condominio - Características de nuestro servicio
Las principales tareas que lleva a cabo un abogado en este asunto son las siguientes:
- Reunión con los cotitulares para alcanzar un acuerdo ventajoso sobre la división de la cosa común. Una vez alcanzado un pacto se procede a la citación con el notario para firmar la escritura a través de la que se divide la cosa compartida, siempre que todos los copropietarios hayan consentido la decisión. Es la vía más ágil para la supresión del condominio y está estipulada en la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
- Cuando no existe pacto para la división de el bien común, es necesario interponer la acción legal de división de la propiedad compartida indivisible. Se interpondrá ante el juzgado correspondiente, y una vez se tenga la sentencia que declare la indivisibilidad del inmueble, se seguirán los pasos previstos en la Ley de Jurisdicción Voluntaria para proceder a la subasta del mismo.
- Acciones legales originadas de la disolución del condominio por la influencia de este en otros negocios legales.
En términos generales, el abogado asesorará en el proceso para que los copropietarios del bien común llegue a un acuerdo y se proceda a la venta de la cosa común en el caso de que esta fuese indivisible, o compra de la proporción correspondiente de la cosa común si esta fuese divisible, que se contemplará en escritura notarial.
Por otro lado, y en el caso de no alcanzarse un acuerdo entre los copropietarios, se empezará un procedimiento legal que concluirá con la subasta del inmueble.
De igual modo, acompañamos en el resto de las actuaciones jurídicas originadas de la disolución del condominio. Por ejemplo, cuando hay sobre el bien común una garantía, como sucede con frecuencia con los préstamos hipotecarios sobre bienes inmuebles. Después de la extinción del régimen de copropiedad se tendría que proceder a la novación subjetiva del contrato del préstamo hipotecario y posicionar como garante a la persona que ha comprado la propiedad de forma conjunto, ya que, tal y como establece el art. 405 del Código Civil, la separación del bien común no afectará a un tercero, el cual conservará los derechos del préstamo hipotecario, servidumbre u otros derechos reales tuviera antes de realizar la separación.
En los temas de familia es frecuente que se reciban consultas sobre el derecho de utilización tras la disolución del condominio. Recomendamos que el derecho de utilización se apunte en el Registro de la Propiedad para ser oponible a otras personas de buena fe.
Gastos de una extinción de condominio - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
La situación de condominio se produce principalmente cuando el dueño de una propiedad muere, y la misma es comprada por sus herederos, así como en las separaciones entre parejas cuando ambos son propietarios de una cosa común.
Si requieres de un profesional que conozca muy bien las causas que dan lugar a la situación de cotitularidad, y necesitas un asesoramiento específico para proceder a la extinción del condominio, llegar a un acuerdo con los demás cotitulares, o hacer valer tu derecho a extinguir el condominio a través de un procedimiento legal, así como orientación para las acciones judiciales que puedan generarse, contacta con nuestro despacho.
Tenemos que tener en cuenta que, tal y como hemos comentado anteriormente, la posibilidad de disponer libremente de la parte alícuota de la cosa común puede estar limitado al pacto de indivisibilidad que podría alcanzar hasta los diez años y que se permite la renovación mediante un pacto de los copropietarios. En caso de que no se llegue a un acuerdo, la actuación no está sujeta a plazo de prescripción, en base a lo dispuesto por el art. 1965 del Código Civil, por lo que cuando lo desee el copropietario podrá invocar su derecho a dividir el bien común, siempre que, tal y como hemos explicado, no haya acuerdo de indivisibilidad.
El mejor momento para recurrir a nuestro despacho es en el que aparece el interés por separar el bien común, para poder estudiar de manera exhaustiva todas las vías posibles y comenzar la más beneficiosa para el cliente, por lo que, siempre aconsejamos que os adelantéis a que surja el problema, y nos pongamos en contactos con un abogado especialista desde el primer momento.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.