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Gastos abogado cláusula suelo - VMS Abogados - ¿ERES UNO DE LOS AFECTADOS POR LA CLÁUSULA SUELO?
La sentencia del 23 de diciembre de 2015 por parte del Tribunal Supremo establece como abusivas las cláusulas que imponen al cliente el pago de los gastos de formalización de la hipoteca (nada que ver con la compraventa). Por esta razón, obliga a la entidad bancaria, por ser la parte interesada en registrar la escritura de la hipoteca en el Registro de la Propiedad correspondiente, a pagar tanto los costes como los tributos y las comisiones que resultan del préstamo hipotecario.
En esta situación, al ser un despacho con un equipo especializado de abogados cláusula suelo en Madrid, podemos hacer el trámite para reclamar la cláusula suelo y lograr la devolución de la cuantía cobrada innecesariamente.
- Escritura de hipoteca.
- Factura del notario.
- Factura del registrador.
- Carta de pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).
Contacte con nuestros abogados especialistas en cláusulas de suelo.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Gastos abogado cláusula suelo - Características de nuestros servicios y base legal para nuestras reclamaciones.
Las reclamaciones empezaron gracias a la sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que atacaba a las cláusulas impuestas por Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
Esta resolución judicial hace una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Revoca con carácter general los suelos en los préstamos hipotecarios y añade que los bancos están obligadas a devolver los intereses cobrados de más desde que salió la sentencia del Alto Tribunal.
Aquello que más temían los bancos, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas expandiera las devoluciones de las entidades a las firmas de los contratos, se ha hecho realidad. Se prevé un impacto de unos 4.000 millones de euros.
Por esto, la buena noticia para los clientes hipotecados con este tipo de cláusula en sus hipotecas es mala para las entidades bancarias que usaron estas cláusulas.
Existen dos que no se verán afectadas de ninguna manera, puesto que no las empleaban: Santander y Bankinter. Las repercusiones en el resto varían.
¿Pero qué tienen que hacer los perjudicados para que les devuelvan el dinero pagado de más?
La resolución del Tribunal de Justicia Europeo solamente señala que las devoluciones no deben limitarse a las cantidades pagadas desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que hay que remontarse a la firma del contrato.
Gastos abogado cláusula suelo - Los afectados tienen que reclamar de forma individual
Aunque esto no implica ni por asomo que las entidades financieras tengan la obligación de devolver el dinero automáticamente.
La Confederación Española de Cajas de Ahorros se ha apresurado a afirmar que “esta sentencia no se puede aplicar directamente. Su impacto en las entidades de crédito se se verá a medida que los juzgados y tribunales españoles, con asuntos pendientes, analicen cómo se aplica en cada caso”, sentencia.
En otras palabras, en principio, y a falta de acciones judiciales conjuntas que previsiblemente se interpondrán por parte de asociaciones de consumidores y usuarios, hay que reclamar de forma individual. Es por esto que tienen mayor importancia los abogados cláusula suelo.
Tras determinarse el carácter abusivo de la cláusula, la entidad bancaria, esta vez sí, tiene la obligación de devolver los intereses excesivos desde que se firmó el contrato.
Además, hay que añadir una sentencia de primera instancia del pasado mes de abril que declara que todas, absolutamente todas las cláusulas suelo, son nulas, como resolución a la demanda en masa interpuesta por Adicae.
La buena noticia para la banca es que esa resolución no es decisiva, dado que no es firme, y ya se ha recurrido ante la Audiencia Provincial y podría llevar incluso ante el Supremo.
Los bancos no están obligados a devolver de oficio el dinero
Hoy se puede reclamar gracias a la sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que disparaba contra las cláusulas de Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
La sentencia hace una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Deja sin efecto con carácter general los suelos en las hipotecas y además inlcuye que las entidades bancarias deberán devolver los intereses cobrados de más desde la sentencia del Tribunal Supremo.
El mayor temor que tenían las entidades financieras, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas extendiera el reembolso de las entidades a las firmas de los contratos, se ha hecho realidad. El impacto potencial es de unos 4.000 millones de euros.
Por el contrario, Adicae asevera que la resolución jurídica actual del Tribunal Europeo abre la puerta a que todos los afectados de esa macrodemanda, alrededor de 15.000, lleguen a recibir todo lo que se les cobró de más, y no solamente desde mayo de 2013.
“Esta sentencia apura cada uno de los plazos de resolución”, ha afirmado en rueda de prensa el presidente de Adicae, Manuel Pardos, que reclama a las entidades bancarias una corrección.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pide a “los bancosque regresen de oficio las cantidades cobradas indebidamente”. Si bien aclara, que, “mientras se espera a cómo reacciona cada entidad bancaria, OCU asistirá, como lo ha hecho hasta el momento, a todos los perjudicados a demandar este abuso si no tuvieran más remedio que acudir a la vía judicial; pero con una diferencia, sabiendo ahora que van a recuperar todo su dinero”.
En su momento, tras la sentencia del Supremo del 9 de mayo de 2013, BBVA fue el primero en devolver, motu proprio, el dinero. La entidad que preside Francisco González anunció en junio de 2013 que retiraba de una vez la claúsula suelo a cerca de 425.000 hipotecados, a quienes además regresó lo cobrado de más desde mayo de ese mismo año.
De hecho, la cláusula suelo en BBVA marcaba un límite mínimo de intereses del 2,8%.
Le siguieron las otras dos entidades bancarias, Abanca y Cajamar, también condenadas por el Supremo por negociar las cláusulas suelo de forma poco clara. Ambas han devuelto lo cobrado desde mayo de 2013. Aunque el resto de las entidades bancarias no lo han hecho, a no ser que lo dictamine una sentencia de un juez.
También suprimieron estas cláusulas CaixaBank y Bankia más tarde, eso sí sin devolver lo cobrado de más. Y mucho menos desde mayo de 2013.
¿Pero qué deben hacer los perjudicados para recuperar la cuantía cobrada de más por la cláusula suelo?
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo sólo puntualiza que las devoluciones no deben limitarse a las cantidades cobradas desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que hay que volver atrás, hasta el momento de la firma del contrato. Su opción más efectiva para reclamar su dinero es ponerse en contacto con nuestro equipo de abogados cláusula suelo.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.