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Bufete de abogados laboralistas en Madrid

Bufete de abogados laboralistas en Madrid

Despacho especializado en Derecho Laboral y asesoramiento jurídico para empresas.

Nuestro equipo de abogados laboralistas en Madrid asesoran todo tipo de cuestiones relacionadas con el Derecho Laboral, tanto a nivel procesal como de asesoramiento. Destaca especialmente nuestra experiencia en la redacción de contratos mercantiles y de trabajo con inclusión de cláusulas específicas según las necesidades del cliente (exclusividad, no concurrencia, no competencia post-contractual, Know-How, etc.).

Asimismo, tenemos una alta especialización en el asesoramiento jurídico para empresas, analizando e implementando para nuestros clientes sistemas de retribución variable, jubilaciones parciales, movilidad geográfica de trabajadores e incapacidades permanentes o parciales. Logrando siempre economizar los recursos de las empresas, en equilibrio siempre con las necesidades y derechos de sus trabajadores.

Como parte del asesoramiento integral y especializado, nuestros abogados laboralistas en Madrid mantienen a sus clientes actualizados en cuanto a novedades legislativas, bonificaciones, incentivos a la contratación, así como a los últimos cambios jurisprudenciales que pudieran afectarles en su ámbito empresarial.

Dentro de la práctica litigiosa, como abogados laboralistas en Madrid asesoramos al cliente sobre el conflicto judicial y sus posibilidades, intentando siempre una resolución amistosa y más beneficiosa para la empresa.

De igual forma, asistimos a juicio y representamos la defensa de intereses de nuestro cliente mediante procesalistas especializados y con gran experiencia, defendiendo sus derechos con la responsabilidad que ello conlleva.

Entre otros, nuestro despacho de abogados laboralistas en Madrid ofrece los siguientes servicios en el ámbito del Derecho Laboral:

  • ERE, sucesión de Empresas, subrogación empresarial.
  • Preparación, asistencia y comparecencia ante la Inspección de Trabajo en materia de actas de liquidación de cuotas a la Seguridad Social o actas de infracción laboral y prevención de riesgos laborales.
  • Representación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación y llevanza de procedimientos, recursos y ejecución de sentencia.
  • Extinción de contratos.
  • Procedimientos de despidos.
  • Reclamaciones por accidente laboral.
  • Solicitudes de incapacidad laboral y compensaciones laborales.
  • Demandas laborales.
  • Procedimientos de impugnación de sanciones.
  • Reclamación de salarios.
VMS, abogado derecho laboral
  • ERE, sucesión de Empresas, subrogación empresarial.
  • Preparación, asistencia y comparecencia ante la Inspección de Trabajo en materia de actas de liquidación de cuotas a la Seguridad Social o actas de infracción laboral y prevención de riesgos laborales.
  • Representación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación y llevanza de procedimientos, recursos y ejecución de sentencia.
  • Extinción de contratos.
  • Procedimientos de despidos.
  • Reclamaciones por accidente laboral.
  • Solicitudes de incapacidad laboral y compensaciones laborales.
  • Demandas laborales.
  • Procedimientos de impugnación de sanciones.
  • Reclamación de salarios.
VMS, abogado derecho laboral
Consulte a nuestros abogados laboralistas en Madrid sin ningún compromiso.

Contacte con nuestros abogados laboralistas en Madrid expertos en Derecho Laboral.

Teléfono: 91 345 84 05

Email: info@vmsabogados.com

Contacto

¿Qué es el Derecho Laboral?

La rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como derecho laboral. Se trata del conjunto de reglas jurídicas que garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo.

El derecho laboral entiende al trabajo como aquella actividad que un individuo desarrolla con el objetivo de transformar el mundo exterior, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su subsistencia.

Es importante determinar que varias son las fuentes de las que bebe el citado derecho laboral para desarrollarse y establecer la justicia que se estima pertinente.

En concreto, se establece que entre aquellas destacan la Constitución, los contratos de trabajo, los tratados internacionales existentes, la ley o los reglamentos.

Como hecho social, el trabajo contempla el establecimiento de relaciones que no son simétricas. El empleador (es decir, quien contrata a un trabajador) cuenta con una mayor fuerza y responsabilidad que el empleado.

Por eso, el derecho laboral tiende a limitar la libertad de cada compañía a fin de proteger al involucrado más débil de esta estructura.

VMS abogados laboral en Madrid

Esto supone que el derecho laboral se basa en un principio protector, a diferencia del derecho privado que se sustenta en un principio de igualdad jurídica. El derecho laboral, por lo tanto, debe aplicar, frente a la multiplicidad de normas, las reglas que resulten más beneficiosas para cada trabajador.

Este principio protector es uno de los más importantes que existen dentro de este citado ámbito, sin embargo, no podemos pasar por alto el hecho de que el derecho laboral también se basa en otros tales como es el caso del principio de razonabilidad.

Dicho principio es aplicable tanto al propio empleador como al trabajador y viene a establecer que ambas figuras desarrollan sus derechos y sus deberes sin caer en conductas abusivas, lo harán en base al sentido común.

De igual manera también es importante subrayar el valor del principio de irrenunciabilidad de derechos. Esta máxima deja claro que ningún trabajador puede llevar a cabo la renuncia de los derechos que se le establecen como tal por parte de la legislación laboral.

Eso supone, por ejemplo, que no pueda ni trabajar más horas de las que están establecidas ni que tampoco renuncie a cobrar menos de los que está estipulado.Cabe resaltar que las relaciones laborales están regidas por una ley de contrato de trabajo y diversas normas complementarias.

De todas formas, cada sector productivo cuenta con sus propias normas para regular las relaciones o ciertos aspectos de ellas, sin que estas normas impliquen una violación a la mencionada ley de contrato de trabajo.

Por otra parte, existen convenios colectivos de trabajo que se aplican a distintos grupos profesionales. Estos convenios colectivos son acuerdos que se negocian entre los empleadores y los empleados y que deben ser aprobados por el Estado.

Estos convenios se deben caracterizar porque tienen que respetar en todo momento la legislación laboral existente. En concreto, se pueden establecer dos tipos: los convenios de empresa, en los que ejercen de interlocutores los delegados sindicales o los comités de empresa; y los convenios de rango superior, donde son los sindicatos los encargados de tener la representatividad.

Vía: Diccionario Jurídico 2016.

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