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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos todas las modalidades de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su mero uso sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas concebidas alrededor del disfrute o propiedad de un bien resulta imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y concienzudamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos plasmar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos redactar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para conceder las Escrituras, personas que deben intervenir, forma de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una casa, se producirá la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la normativa no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos proporciona multitud de posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento adecuado para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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