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Contrato privado de alquiler de vivienda - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos en los que una de las partes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a traspasar la utilización del bien al otro participante, el arrendatario, que adquirirá el derecho de utilizar el inmueble a cambio de una prestación. En el presente artículo nos centraremos en describir los arrendamiento de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para reglamentar esta habitual actividad jurídica se aprobó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que se aplica a los arrendamientos de inmuebles que se dediquen a usos residenciales o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los alquileres que se reglamentan en esta Ley quedarán sujetos a lo dispuesto en la misma, aunque se acatarán los pactos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de manera general, tienen que incluir, entre otras cosas, los deberes: el arrendador quedará obligado a entregar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al inquilino, a hacer en el bien de alquiler todas las restauraciones oportunas para que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el inquilino quedará obligado, frecuente, a pagar el precio del alquiler en los términos acordados y a utilizar la vivienda arrendada de buena manera, dedicándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que incluir: el bien sobre el que recae el alquiler, el tiempo de duración, la renta establecida, las maneras de prorrogar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las posibilidades de cesión y subarriendo, las formas de anular, resolver y finalizar el contrato; también pueden recoger en caso de problema, los Juzgados a los que quedarán sujetas las partes para resolver las disputas que puedan derivarse del cumplimiento o violación del contrato de arrendamiento, así como también podrán decantarse por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario llevamos estos asuntos de manera frecuente.
A continuación, os explicaremos en qué consisten nuestras funciones y nuestra intervención en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato privado de alquiler de vivienda - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado especialista en contratos de arrendamiento tiene que haber recibido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuyo destino principal debe ser satisfacer la necesidad estable de vivienda del arrendatario, o sean arrendamientos previstos para uso diferente del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como uso principal uno distinto del previsto para vivienda.
En cuanto a las funciones que llevamos a cabo, suelen ser similares a las que ya os hemos comentado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los arrendamientos:
- Recopilación y estudio de la documentación relacionada con el inmueble que se pretende arrendar, por ejemplo, conseguir la información que refleja en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la titularidad del arrendador sobre el inmueble, saber las cargas que sobre él pesan, etc.
- Redactar los contratos de alquiler, así como aconsejar a los clientes en el proceso para reducir los riesgos de conflictos en el futuro.
- Preservar los derechos de la parte contratante de nuestros servicios. En caso de ser propietario, tenemos que asumir la representación judicial del cliente en caso de tener que solicitar el desahucio del piso por impago de rentas o por el quebrantamiento de las responsabilidades incluidas en el contrato, por ejemplo. De este modo, si el cliente es el arrandatario, le representaremos si quiere enervar las cuantías exigidas jurídicamente, de requerir al arrendador para que cumpla con sus deberes de conservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Contrato privado de alquiler de vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado especialista en contratos de alquiler resulta evidente: para poner en valor en todo lo posible nuestros derechos y poder gozar de la tranquilidad que otorga tener a un experto que esté preservando nuestros intereses.
Tanto si eres arrendatario como arrendador debes asegurar el cumplimiento de las responsabilidades que conciernen a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se incumplen las condiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo adecuado para recurrir a un abogado experto en arrendamientos siempre recomendamos que es el momento anterior a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos supeditamos a lo que en él se incluya.
Sin embargo, es normal en nuestro trabajo que los clientes vengan cuando ya tienen un enfrentamiento contractual sobre el alquiler establecido, por lo que también estamos acostumbrados a proteger sus intereses cuando los quebrantamientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el papel del abogado será intentar evitar un pleito judicial y procurar resolver el problema de manera extrajudicial, siempre que consideremos que es la vía más adecuada para la problemática del cliente, además de ser la más económica habitualmente.
Esperamos que este artículo os haya acercado un poco más a la fórmula de los alquileres, que pueda haber ayudado a resolver las cuestiones que surjan al menos de manera inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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