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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa define como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos todos los tipos de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas concebidas en torno al uso o propiedad de un bien es esencial, y de esta forma lo tratamos en nuestro Bufete, confeccionando detallada y concienzudamente cada estilo de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para otorgar las Escrituras, personas que deben participar, modo de dirimir todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice en base a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos proporciona un amplio abanico de opciones en lo que respecta a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento apropiado para recurrir a profesional normalmente es el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que realizamos los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para valorar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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