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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En España, Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o estropearse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la clase de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas concebidas alrededor del uso o propiedad de un bien resulta de vital importancia, y de este modo lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y concienzudamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de realizar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para identificar la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a recoger por escrito las condiciones de la adquisición: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben participar, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se encargará si aparecen desperfectos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la Ley no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona numerosas posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento apropiado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera función que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos detectar si puede haber situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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