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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de forma fija, que no se pueda separar sin romperse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para cubrir deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las situaciones jurídicas concebidas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta de vital importancia, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada clase de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por tanto, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos incluir en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué quiere el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para usarla como residencia habitual, esto es, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para identificar la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para otorgar las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación vigente no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona un amplio abanico de posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento apropiado para contactar con un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que realizamos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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