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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no se pueda separar sin romperse o deteriorarse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio uso sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones legales creadas en torno al uso o propiedad de un bien resulta fundamental, y de esta manera lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y concienzudamente cada clase de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a redactar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente establecido cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué necesita el cliente, nos encargamos de enfocar el tema. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para identificar la finca, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a dejar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para otorgar las Escrituras, partes que tienen que intervenir, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una casa, se producirá la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga conforme a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la normativa no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona un amplio abanico de opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento adecuado para recurrir a profesional normalmente es el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos guiaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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