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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, comprendamos todas las modalidades de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales proviene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para satisfacer deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad es imprescindible, y así lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y concienzudamente cada estilo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente determinado cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué forma lo podemos incluir en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué precisa el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, partes que deben intervenir, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación actual no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos proporciona un amplio abanico de posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la función que necesitemos obtener del inmueble.
El momento adecuado para recurrir a profesional es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento adecuado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que realizamos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos guiaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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