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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes legales creadas en torno al uso o propiedad de un bien es imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente contemplado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Así, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos recoger en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir un inmueble para darle un uso de residencia habitual, esto es, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: datos registrales para describir la finca, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a reflejar por escrito los requisitos de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para hacer entrega de las Escrituras, partes que tienen que intervenir, forma de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se encargará si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, la legislación actual nos proporciona múltiples opciones en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento apropiado para contactar con un abogado normalmente es el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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