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Contrato de compraventa de inmueble con arras penitenciales - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también permite, en base a su art. 1.446, que el importe de la venta consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que marca que sea cierto, es decir, que quede totalmente demarcado y señalado en el contrato, siendo necesario para ello que el importe sea acordado, no pudiéndose consignar unilateralmente por ninguna de las partes actuantes.
De este modo, una parte clave del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en la finalidad del contrato y en el precio, aunque no se hayan entregado.
Actualmente, hay multitud de contratos que guardan relación con la concesión de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contrato de compraventa de inmueble con arras penitenciales - Características de nuestro servicio
En cuanto a las funciones que realiza un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de resumirlas, ya que son amplias y, en la mayoría de los casos, complicadas:
- Primeramente, se debe obtener información registral de la vivienda, esto es, solicitar al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos informe en qué circunstancias se encuentra el inmueble: exenta de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi tarea imprescindible antes de empezar a concretar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se recojan condiciones acordadas entre vendedor y adquiriente, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y asesorar al cliente qué clase de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio precio de la vivienda. Una de las funciones desempeñadas por los abogados reside también en confeccionar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos ocupamos de negociar en nombre de nuestros clientes, y conseguir, en multitud de ocasiones, que se cumplan los objetivos determinados en lo que respecta a obtener el valor deseado a cambio del inmueble cuando queremos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando queramos comprar.
- Además, entre otras cuestiones, también nos encargamos de verificar si las partes están capacitadas para llevar a cabo la enajenación o transmisión de la vivienda, ya que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente concede capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo conoce, no obliga la legilsación actual a oficializar los contratos de compraventa en un notario, aunque lógicamente, resulta totalmente aconsejable. Es decir, Luis puede vender a Juan su casa a través de un contrato firmado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, aunque su inscripción nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para evitar problemas en un futuro.
Contrato de compraventa de inmueble con arras penitenciales - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra profesión, somos conscientes de que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo no previsto, y es por ello por lo que en materias tan complejas y relevantes financieramente como en circunstancias de compraventa de propiedades, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro patrimonio, aconsejamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una casa.
Es cierto que podemos postergar el momento de recurrir a un abogado cuando tengamos escogida la casa: en ese momento, tendríamos que comenzar a tramitar toda la documentación que hemos comentado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y oriente sobre los pasos a completar: obtención de datos registrales, acuerdo para el intercambio de pareceres sobre el precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que vayamos a hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y pese a nuestra ayuda, suele ser frecuente en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros en el momento en que ya tienen problemas a nivel legal, por lo que estamos totalmente acostumbrados a trabajar en circunstancias en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que este post os ayude a entender en qué consisten los contratos de arrendamiento sobre vivienda y cuáles son las tareas que realiza un abogado, pero si os surge cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.