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Contrato de compraventa de finca - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también permite, en base a su artículo 1.446, que el pago de la venta sea la entrega de algo diferente al dinero, pero sí que establece que sea veraz, es decir, que quede totalmente delimitado y recogido en el documento, siendo necesario para ello que el coste sea pactado, no pudiéndose obligar de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
Así pues, un elemento clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en el objeto del contrato y en el precio, a pesar de que no se hayan entregado.
Actualmente, hay múltiples contratos que tienen relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de compraventa de finca - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las actividades que realiza un abogado experto en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, trataremos de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayoría de las ocasiones, complejas:
- Primeramente, se debe conseguir información registral de la vivienda, esto es, solicitar al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos indique en qué circunstancias se encuentra la propiedad: libre de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi tarea imprescindible antes de proceder a formalizar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se detallen condiciones pactadas entre vendedor y adquiriente, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las diferencias entre ellos.
- Debe cerciorarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y transmitir al cliente qué clase de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio valor de la propiedad. Una de las funciones realizadas por los abogados se basa también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos encargamos de llegar a acuerdos en nombre de nuestros clientes, y lograr, en muchas ocasiones, que se respeten los objetivos establecidos en lo que respecta a conseguir el precio buscado a cambio del inmueble cuando queramos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cuestiones, también nos encargamos de verificar si las partes están en condiciones para llevar a cabo la venta o transmisión de la vivienda, puesto que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga competencia para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo sabe, no impone la legilsación actual a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque lógicamente, resulta totalmente aconsejable. Es decir, Antonio puede vender a Javier su casa a través de un contrato firmado entre ellos, sin necesidad de pasar por el Notario y por supuesto, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede otorgar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para prevenir inconvenientes en un futuro.
Contrato de compraventa de finca - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Dada nuestra labor, sabemos que los problemas legales que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por eso por lo que en materias tan complejas y relevantes financieramente como en situación de compraventa de propiedades, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una casa.
Es cierto que podemos postergar el momento de acudir a un abogado cuando tenemos escogida la vivienda: en ese momento, deberíamos comenzar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y guíe sobre las pautas a completar: obtención de datos registrales, acuerdo para el intercambio de opiniones acerca del precio, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de hacer un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de señal.
No obstante, y pese a nuestros asesoramiento, suele ser habitual en nuestro trabajo que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel jurídico, por lo que estamos completamente habituados a trabajar en circunstancias en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Confiamos que este artículo os ayude a comprender en qué consisten los contratos de alquiler sobre vivienda y cuáles son las labores que desempeña un abogado, pero si tenéis cualquier clase de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.