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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin romperse o estropearse.
Así, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la clase de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales proviene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales creadas en torno al uso o propiedad de una propiedad resulta fundamental, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Bufete, confeccionando detallada y concienzudamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, tenemos que elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre libre de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a dejar por escrito los requisitos de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para conceder las Escrituras, partes que deben participar, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en base a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona múltiples posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a simples actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento apropiado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya podemos detectar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos guiaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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