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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Así, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos todos los tipos de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales creadas alrededor del uso o propiedad de un bien es de vital importancia, y de esta forma lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y concienzudamente cada tipo de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos recoger en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué precisa el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir una propiedad para usarla como residencia habitual, esto es, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, partes que deben intervenir, forma de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la Ley no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos ofrece un amplio abanico de posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a profesional normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento idóneo para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera función que hacemos los especialistas en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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