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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, conozcamos toda la clase de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes jurídicas concebidas alrededor del disfrute o propiedad de un bien resulta esencial, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: información registral para describir la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a recoger por escrito las condiciones de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para entregar las Escrituras, personas que tienen que intervenir, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación actual no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, la legislación actual nos ofrece un amplio abanico de opciones en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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