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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la clase de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las situaciones jurídicas concebidas en torno al uso o propiedad de una propiedad es de vital importancia, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y cuidadosamente cada clase de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente determinado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué forma lo podemos plasmar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos comprar una propiedad para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a recoger por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para otorgar las Escrituras, partes que tienen que intervenir, forma de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se encargará si aparecen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, acometeremos la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación actual no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos ofrece un amplio abanico de opciones en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento idóneo para recurrir a profesional es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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