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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, comprendamos todos los tipos de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales proviene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al uso o propiedad de una propiedad resulta de vital importancia, y así lo gestionamos en nuestro Bufete, confeccionando detallada y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede perfectamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la propiedad, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre libre de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a recoger por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y forma de pagar, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, partes que tienen que intervenir, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece un amplio abanico de posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento óptimo para contactar con un abogado es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento conveniente para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que hacemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos asesoraros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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