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Contrato de arrendamiento distinto al de vivienda habitual - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos por los que una de las partes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a traspasar el uso del bien al otro participante, el arrendatario, que adquirirá el derecho de usar la vivienda a cambio de una prestación. En este artículo nos centraremos en describir los arrendamiento de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para organizar esta común actividad jurídica se promulgó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los alquileres de inmuebles que se dediquen a vivienda o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los arrendamientos que se reglamentan en dicha Ley quedarán sujetos a lo establecido en la misma, aunque se tomarán en consideración los acuerdos entre ambas partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de manera general, tienen que reflejar, entre otras cuestiones, las obligaciones: el propietario quedará obligado a transferir el bien objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al arrendatario, a realizar en el bien de arrendamiento todas las restauraciones necesarias a fin de que sirva para el uso a que ha sido dedicada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el inquilino estará obligado, habitual, a pagar el coste del arrendamiento en los términos establecidos y a utilizar la cosa alquilada de buena manera, dedicándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler deberán reflejar: el bien sobre el que recae el arrendamiento, el tiempo de duración, la renta establecida, las formas de prorrogar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las opciones de entrega y subarriendo, las maneras de cancelar, rescindir y finalizar el contrato; también pueden incluir si se produjera algún conflicto, los Tribunales a los que se someterán las partes para resolver las disputas que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de alquiler, así como también podrán decantarse por supeditarse a la mediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario llevamos estos temas de forma habitual.
A continuación, os explicaremos cómo desarrollamos nuestras labores y nuestra actuación en todo lo relacionado con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de arrendamiento distinto al de vivienda habitual - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado especialista en contratos de arrendamiento debe haber tenido una formación concreta en todo lo relacionado con los alquileres urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuyo destino primordial tiene que ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino, o sean alquileres pensados para uso distinto del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como uso principal uno diferente del pensado para vivienda.
Con respecto a las labores que llevamos a cabo, suelen ser similares a las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recopilación y análisis de la documentación relativa al bien que se quiere arrendar, por ejemplo, conseguir la información que consta en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la titularidad del arrendador sobre la piso, conocer las cargas que sobre él pesan, etc.
- Confeccionar los contratos de alquiler, así como aconsejar a los clientes en el proceso para minimizar los riesgos de conflictos en el futuro.
- Velar por los intereses de la persona que contrate nuestros servicios. Si es arrendador, tenemos que llevar la representación jurídica del cliente en caso de tener que solicitar el desahucio de la casa por de la falta de pago de rentas o por incumplimiento de las responsabilidades contenidas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, en caso de que el cliente sea arrandatario, le representaremos si decide enervar las cuantías exigidas judicialmente, de solicitar al propietario para suma sus deberes de preservación y mantenimiento de la vivienda, etc.

Contrato de arrendamiento distinto al de vivienda habitual - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué recurrir a un abogado experto en contratos de arrendamiento parece evidente: para poner en valor en todo lo posible nuestros derechos y poder disfrutar de la tranquilidad que concede tener a un experto que esté preservando nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como arrendador tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se violan las condiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para recurrir a un abogado especialista en alquileres siempre aconsejamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se contemple.
No obstante, es normal en nuestra profesión que los clientes vengan cuando ya tienen un enfrentamiento contractual sobre el arrendamiento establecido, por lo que también estamos habituados a velar por sus derechos cuando los quebrantamientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que el rol del abogado será intentar evitar un pleito judicial e intentar resolver el problema de forma amistosa, siempre que consideremos que es la vía más apropiada para la problemática del cliente, además de ser la más barata normalmente.
Esperamos que este post os haya acercado un poco más a la fórmula de los arrendamientos, que pueda haber contribuido solucionar los problemas que se os planteen al menos de forma inicial, y como siempre comentamos, podéis preguntarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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