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Contrato de arrendamiento de vivienda nueva ley - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos por los que una de las partes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a entregar la utilización del inmueble a la otra parte, el arrendatario, que obtendrá el derecho de utilizar la vivienda a cambio de una prestación. En el presente artículo nos enfocaremos en hablar sobre los alquileres de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para legislar esta habitual actividad jurídica se redactó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que se aplica a los arrendamientos de inmuebles que se dediquen a vivienda o a usos distintos de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los arrendamientos que se reflejan en dicha normativa quedarán sujetos a lo estipulado en la misma, aunque se acatarán los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, deben contemplar, entre otras cuestiones, los deberes: el arrendador quedará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al inquilino, a hacer en el bien de arrendamiento todas las restauraciones oportunas a fin de que sirva para el uso a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del alquiler por toda la duración del contrato.
Como contraprestación, el inquilino estará obligado, habitual, a abonar el precio del arrendamiento en los términos pactados y a usar la vivienda alquilada de buena forma, dedicándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que contemplar: el inmueble sobre el que recae el arrendamiento, el tiempo de duración, la renta establecida, las formas de prolongar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las posibilidades de entrega y subarriendo, las maneras de cancelar, resolver y extinguir el contrato; también pueden recoger si se produjera algún conflicto, los Tribunales a los que quedarán sujetas las partes para resolver las disputas que puedan derivarse del cumplimiento o violación del contrato de arrendamiento, así como también podrán optar por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, dado que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario nos encargamos de estos temas de manera habitual.
A continuación, os explicaremos en qué consisten nuestras labores y nuestra actuación en todo lo lo que tenga que ver con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de arrendamiento de vivienda nueva ley - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado experto en contratos de arrendamiento tiene que haber tenido una formación específica en todo lo relativo a los alquileres urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuya dedicación primordial tiene que ser cubrir la necesidad estable de vivienda del arrendatario, o sean alquileres pensados para uso diferente del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como destino primordial uno distinto del pensado para vivienda.
Con respecto a las labores que desempeñamos, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recolección y estudio de la documentación relacionada con el inmueble que se pretende arrendar, por ejemplo, obtener la información que refleja en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la posesión del arrendador sobre el inmueble, saber las cargas que sobre él pesan, etc.
- Redactar los contratos de arrendamientos, así como guiar a los clientes en el procedimiento para reducir los peligros de conflictos en el futuro.
- Velar por los derechos de la persona que contrate nuestros servicios. En caso de ser arrendador, debemos asumir la representación jurídica del cliente en caso de tener que pedir el desahucio de la casa por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las responsabilidades contenidas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, en caso de que el cliente sea arrandatario, le representaremos si decide enervar las cantidades exigidas judicialmente, de solicitar al propietario para suma sus deberes de preservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Contrato de arrendamiento de vivienda nueva ley - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué recurrir a un abogado experto en contratos de arrendamiento resulta obvio: para garantizar al máximo nuestros derechos y poder disfrutar de la tranquilidad que otorga tener a un experto que esté defendiendo nuestros intereses.
Tanto si eres arrendatario como arrendador tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se violan las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo apropiado para recurrir a un abogado especialista en arrendamientos siempre aconsejamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en él se contemple.
Sin embargo, es frecuente en nuestro trabajo que los clientes vengan cuando ya tienen un enfrentamiento contractual sobre el alquiler establecido, por lo que también estamos acostumbrados a proteger sus intereses cuando los incumplimientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que el rol del abogado será tratar de evitar un procedimiento judicial e intentar resolver la cuestión de forma extrajudicial, siempre que creamos que es la solución más adecuada para la problemática del cliente, además de ser la más económica habitualmente.
Esperamos que este artículo os haya acercado un poco más a la figura de los arrendamientos, que pueda haber contribuido resolver las cuestiones que se os planteen al menos de manera inicial, y como siempre comentamos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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