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Contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos por los que uno de los participantes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a ceder la utilización de la vivienda al otro participante, el arrendatario, que adquirirá el derecho de usar el bien a cambio de una renta. En este artículo nos enfocaremos en hablar sobre los arrendamiento de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para reglamentar esta habitual actividad jurídica se promulgó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que se aplica a los alquileres de fincas urbanas que se dediquen a usos residenciales o a usos distintos de vivienda, como un local comercial. Los arrendamientos que se reglamentan en esta normativa se someterán a lo contemplado en la misma, aunque se tendrán en cuenta los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de manera general, tienen que reflejar, entre otras cuestiones, las obligaciones: el propietario estará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al arrendatario, a realizar en el objeto de alquiler todas las reparaciones oportunas para que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del alquiler por toda la duración del contrato.
Como contraprestación, el arrendatario quedará obligado, frecuente, a pagar el precio del arrendamiento en los términos pactados y a utilizar la cosa arrendada de buena manera, dedicándola al uso pactado.
Además, los contratos de arrendamiento deberán reflejar: el bien sobre el que recae el alquiler, el tiempo de duración, la renta establecida, las formas de prolongar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las posibilidades de cesión y subarriendo, las formas de suspender, resolver y finalizar el contrato; también pueden contemplar en caso de problema, los Tribunales a los que se someterán las partes para solucionar las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de arrendamiento, así como también podrán decantarse por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario tratamos estos asuntos de manera frecuente.
A continuación, sobre en qué consisten nuestras labores y nuestra intervención en todo lo lo que tenga que ver con los arrendamientos urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de arrendamiento tiene que haber tenido una formación concreta en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuyo destino primordial debe ser cubrir la necesidad estable de vivienda del inquilino, o sean arrendamientos previstos para uso diferente del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como destino primordial uno diferente del previsto para vivienda.
Con respecto a las funciones que llevamos a cabo, suelen ser similares a las que ya os hemos comentado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los arrendamientos:
- Recopilación y análisis de la documentación relacionada con el inmueble que se quiere arrendar, por ejemplo, conseguir la información que consta en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la titularidad del arrendador sobre la piso, saber las cargas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de alquiler, así como guiar a los clientes en el procedimiento para reducir los riesgos de disputas en el futuro.
- Preservar los intereses de la persona que contrate nuestros servicios. Si es arrendador, tenemos que llevar la representación jurídica del cliente si hay que solicitar el desahucio de la casa por de la falta de pago de rentas o por incumplimiento de las responsabilidades contempladas en el contrato, entre otras. De este modo, si el cliente es el inquilino, le representaremos si pretende enervar las cantidades reclamadas jurídicamente, de requerir al propietario para suma sus obligaciones de preservación y mantenimiento del bien, etc.

Contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué recurrir a un abogado experto en contratos de arrendamiento resulta obvio: para poner en valor en todo lo posible nuestros derechos y poder disfrutar de la tranquilidad que concede tener a un experto que esté preservando nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como arrendador tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada una de las partes, así como procurar que no se violan las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza del destino de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo apropiado para contratar a un abogado especialista en alquileres siempre recomendamos que es el momento previo a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en él se contenga.
Sin embargo, es común en nuestro trabajo que los clientes acudan cuando ya tienen un enfrentamiento contractual sobre el alquiler establecido, por lo que también estamos habituados a proteger sus intereses cuando los quebrantamientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el papel del abogado será tratar de evitar un pleito judicial y procurar solucionar la cuestión de forma amistosa, siempre que creamos que es la vía más apropiada para las dificultades del cliente, además de ser la más económica habitualmente.
Esperamos que este post os haya acercado un poco más a la figura de los arrendamientos, que pueda haber ayudado a resolver las cuestiones que surjan al menos de forma inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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