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Contrato de alquiler de vivienda y plaza de garaje - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos por los que uno de los participantes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a transferir el uso de la vivienda al otro participante, el arrendatario, que adquirirá el derecho de utilizar el inmueble a cambio de una prestación. En el presente artículo nos centraremos en desarrollar los arrendamiento de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para organizar esta habitual actividad jurídica se redactó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los alquileres de inmuebles que se dediquen a vivienda o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los alquileres que se reflejan en esta normativa quedarán sujetos a lo estipulado en ella, aunque se acatarán los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de manera general, deben incluir, entre otras cosas, las obligaciones: el arrendador quedará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al inquilino, a llevar a cabo en el bien de alquiler todas las reparaciones necesarias a fin de que sirva para el uso a que ha sido destinada y a mantener al arrendatario en el goce pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el inquilino estará obligado, normal, a abonar el precio del arrendamiento en los términos convenidos y a usar la cosa alquilada de buena forma, destinándola al uso acordado.
Además, los contratos de arrendamiento deberán reflejar: el inmueble sobre el que recae el arrendamiento, el tiempo de duración, la renta estipulada, las formas de prorrogar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las opciones de entrega y subarriendo, las maneras de suspender, resolver y finalizar el contrato; también pueden reflejar si se produjera algún conflicto, los Juzgados a los que quedarán sujetas los participantes para resolver las disputas que puedan surgir del cumplimiento o incumplimiento del contrato de alquiler, así como también podrán decantarse por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy amplia, debido que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de forma habitual.
A continuación, sobre cómo desarrollamos nuestras labores y nuestra actuación en todo lo relacionado con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de alquiler de vivienda y plaza de garaje - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de alquiler tiene que haber tenido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuyo destino principal debe ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, o sean arrendamientos pensados para uso distinto del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como uso primordial uno diferente del pensado para vivienda.
Con respecto a las labores que llevamos a cabo, suelen ser similares a las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las particularidades propias de los alquileres:
- Recopilación y análisis de la documentación relacionada con el inmueble que se pretende arrendar, por ejemplo, obtener la información que refleja en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la posesión del arrendador sobre el inmueble, saber las deudas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de arrendamientos, así como guiar a los clientes en el procedimiento para minimizar los riesgos de conflictos en el futuro.
- Defender los derechos de la persona contratante de nuestros servicios. Si es propietario, debemos asumir la representación jurídica del cliente en caso de tener que pedir el desahucio de la vivienda por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las responsabilidades contempladas en el contrato, entre otras. De este modo, en caso de que el cliente sea arrandatario, le representaremos si quiere enervar las cantidades exigidas jurídicamente, de solicitar al arrendador para que cumpla con sus deberes de preservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Contrato de alquiler de vivienda y plaza de garaje - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado experto en contratos de arrendamiento parece obvio: para poner en valor al máximo nuestros intereses y poder disfrutar de la tranquilidad que otorga tener a un especialista que esté velando por nuestros derechos.
Tanto si eres inquilino como arrendador debes asegurar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada una de las partes, así como procurar que no se violan las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para contratar a un abogado especialista en arrendamientos siempre recomendamos que es el momento previo a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos supeditamos a lo que en él se incluya.
No obstante, es habitual en nuestro trabajo que los clientes vengan cuando ya tienen un enfrentamiento contractual sobre el arrendamiento establecido, por lo que también estamos habituados a preservar sus intereses cuando los incumplimientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el papel del abogado será tratar de evitar un pleito judicial y procurar solucionar el problema de manera amistosa, siempre que creamos que es la solución más apropiada para las dificultades del cliente, además de ser la más barata habitualmente.
Esperamos que este artículo os haya acercado un poco más a la fórmula de los arrendamientos, que pueda haber contribuido resolver los problemas que surjan al menos de forma inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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