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Contrato de alquiler de vivienda cuantos años - VMS Abogados
Los contratos de arrendamiento son aquellos por los que uno de los participantes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a entregar la utilización de la vivienda al otro participante, el inquilino, que adquirirá el derecho de utilizar el bien a cambio de una renta. En el presente artículo nos centraremos en desarrollar los alquileres de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para legislar esta habitual actividad jurídica se promulgó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los alquileres de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los alquileres que se regulan en dicha Ley quedarán sujetos a lo estipulado en ella, aunque se tomarán en consideración los pactos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de forma general, tienen que incluir, entre otras cosas, las obligaciones: el propietario quedará obligado a traspasar el bien objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al inquilino, a llevar a cabo en el bien de alquiler todas las restauraciones necesarias a fin de que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el inquilino estará obligado, normal, a pagar el precio del arrendamiento en los términos establecidos y a usar la vivienda alquilada de buena manera, dedicándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler deberán contener: el bien sobre el que recae el arrendamiento, el tiempo de duración, la renta establecida, las maneras de prorrogar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las posibilidades de cesión y subarriendo, las formas de suspender, rescindir y extinguir el contrato; también pueden recoger en caso de problema, los Juzgados a los que quedarán sujetas los participantes para solucionar las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o violación del contrato de alquiler, así como también podrán optar por supeditarse a la mediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario nos encargamos de estos asuntos de manera habitual.
A continuación, os explicaremos en qué consisten nuestras funciones y nuestra actuación en todo lo lo que tenga que ver con los arrendamientos urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de alquiler de vivienda cuantos años - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado especialista en contratos de arrendamiento debe haber recibido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuyo destino principal tiene que ser cubrir la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, o sean alquileres pensados para uso diferente del residencial, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como uso principal uno diferente del previsto para vivienda.
En cuanto a las labores que desarrollamos, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recolección y estudio de la documentación relativa al bien que se quiere arrendar, por ejemplo, obtener la información que consta en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la posesión del arrendador sobre la piso, saber las cargas que sobre él pesan, etc.
- Confeccionar los contratos de alquiler, así como guiar a los clientes en el proceso para minimizar los riesgos de disputas en el futuro.
- Defender los derechos de la persona que contrate nuestros servicios. Si es arrendador, tenemos que llevar la representación jurídica del cliente en caso de tener que pedir el desahucio del inmueble por de la falta de pago de rentas o por incumplimiento de las obligaciones reflejadas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, si el cliente es el arrandatario, le representaremos en caso de enervar las cuantías reclamadas judicialmente, de requerir al arrendador para suma sus deberes de preservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Contrato de alquiler de vivienda cuantos años - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué contratar a un abogado especialista en contratos de alquiler resulta evidente: para garantizar en todo lo posible nuestros derechos y poder gozar de la tranquilidad que concede tener a un experto que esté defendiendo nuestros derechos.
Tanto si eres inquilino como propietario debes asegurar el cumplimiento de las obligaciones que conciernen a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se violan las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza de la dedicación de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo adecuado para contratar a un abogado especialista en arrendamientos siempre aconsejamos que es el momento previo a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se contemple.
No obstante, es normal en nuestra profesión que los clientes acudan cuando ya tienen un problema contractual sobre el alquiler establecido, por lo que también estamos acostumbrados a velar por sus derechos cuando los incumplimientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que el trabajo del abogado se traducirá en intentar evitar un pleito judicial e intentar resolver el problema de forma amistosa, siempre que creamos que es la vía más adecuada para las dificultades del cliente, además de ser la más económica habitualmente.
Esperamos que este artículo os haya aproximado un poco más a la fórmula de los arrendamientos, que pueda haber contribuido resolver las cuestiones que se os planteen al menos de manera inicial, y como siempre comentamos, podéis preguntarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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