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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin romperse o estropearse.
Por eso, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la clase de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la tierra a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes legales concebidas en torno al uso o propiedad de un bien es fundamental, y de esta forma lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente contemplado cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a plasmar por escrito las condiciones de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, personas que tienen que participar, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la Ley no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos ofrece numerosas opciones en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento idóneo para recurrir a profesional normalmente es el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que realizamos los expertos en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos asesoraros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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