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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, comprendamos toda la clase de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones legales concebidas alrededor del disfrute o propiedad de una propiedad resulta imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y concienzudamente cada estilo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos reflejar en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, pasaremos a dejar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, plazo para hacer entrega de las Escrituras, partes que deben intervenir, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, acometeremos la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación actual no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, la legislación actual nos ofrece múltiples posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento apropiado para contactar con un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que hacemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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