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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que destacar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales proviene de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para afrontar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales creadas en torno al uso o propiedad de un bien es de vital importancia, y así lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, gozar, etc.
Así, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para darle un uso de residencia habitual, esto es, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para describir la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que esté libre de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, plazo para conceder las Escrituras, personas que deben intervenir, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, acometeremos la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece numerosas posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las actividades que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento óptimo para contactar con profesional es siempre el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Hablamos del momento idóneo para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier clase de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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