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Acuerdo de compraventa de casa - VMS Abogados
Sin embargo, nuestro Código Civil también permite, en base a su artículo 1.446, que el pago de la venta sea la entrega de algo diferente al dinero, pero sí que establece que sea veraz, es decir, que quede perfectamente demarcado y reflejado en el documento, siendo necesario para ello que el valor sea acordado, no pudiéndose consignar de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
De esta forma, una parte clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en el objeto del contrato y en el importe, aunque no hayan sido entregados.
Actualmente, hay muchos contratos que guardan relación con la concesión de una compraventa, como son: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Acuerdo de compraventa de casa - Características de nuestro servicio
En cuanto a las tareas que realiza un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, vamos a tratar de de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayor parte de los casos, complejas:
- Primeramente, se debe conseguir información registral de la propiedad, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se encuentre el inmueble que nos informe en qué situación se encuentra la propiedad: exenta de cargas, si tiene hipoteca, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi tarea indispensable antes de proceder a concretar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se detallen cláusulas acordadas entre vendedor y comprador, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las diferencias entre ellos.
- Tiene que asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y explicar al cliente qué clase de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, por supuesto, el propio coste de la vivienda. Una de las funciones desempeñadas por los abogados reside también en redactar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos ocupamos de negociar en nombre de nuestros clientes, y lograr, en muchas ocasiones, que se respeten los objetivos fijados en lo que respecta a conseguir el precio deseado a cambio del inmueble cuando queremos vender u obtener una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Asímismo, entre otras cuestiones, también nos ocupamos de verificar si las partes se encuentran en condiciones para realizar la enajenación o transmisión de la propiedad, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente concede competencia para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo conoce, no impone la legilsación actual a oficializar los contratos de compraventa en un notario, aunque evidentemente, es muy aconsejable. Es decir, Pepe puede vender a Jesús su casa a través de un contrato formalizado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para prevenir inconvenientes en un futuro.
Acuerdo de compraventa de casa - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra profesión, sabemos que los problemas jurídicos que pueden perjudicar al patrimonio de las personas surgen por el más pequeño contratiempo no previsto, y es por ello por lo que en materias tan complejas y relevantes económicamente como en circunstancias de compraventa de propiedades, y por la trascendencia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y adoptado la decisión de adquirir una casa.
Es cierto que tenemos la posibilidad de posponer el momento de acudir a un abogado cuando tengamos elegida la vivienda: en ese momento, tendríamos que comenzar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y guíe sobre los pasos a seguir: recopilación de información registral, negociación para el intercambio de opiniones acerca del precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que tengamos la intención de hacer un alquiler, por ejemplo) o contrato de arras.
Sin embargo, y pese a nuestro consejo, suele ser habitual en nuestra profesión que nuestros clientes acudan a nosotros cuando ya tienen problemas a nivel jurídico, por lo que estamos completamente habituados a trabajar en situaciones en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Esperamos que el presente post os ayude a comprender en qué se basan los contratos de alquiler sobre vivienda y cuáles son las actividades que realiza un abogado, pero si os surge cualquier clase de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.