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Mejores abogados cláusula suelo - VMS Abogados - ¿TE HAS VISTO AFECTADO POR LA CLÁUSULA SUELO?
La sentencia del 23 de diciembre de 2015 por parte del Tribunal Supremo establece como abusivas las cláusulas que imponen al cliente el pago de los gastos por formalizar la hipoteca (no de la compraventa). Por este motivo, exige a la entidad bancaria, por ser el interesado en el registro de la escritura de la hipoteca en el Registro de la Propiedad que corresponda, a pagar tanto los gastos como los impuestos y las comisiones derivados del préstamo hipotecario.
En esta situación, al ser un bufete con un equipo experto de abogados cláusula suelo en Madrid, podemos tramitar la reclamación de la cláusula suelo y lograr la recuperación de las cantidades indebidamente cobradas.
- Escritura de hipoteca.
- Factura del notario.
- Factura del registrador.
- Carta de pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).
Contacte con nuestros abogados especialistas en cláusulas de suelo.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Mejores abogados cláusula suelo - Características de nuestros servicios y base legal para nuestras reclamaciones.
Todo arrancó con la sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que atacaba a las cláusulas de Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
Esta resolución judicial hace una enmienda a la totalidad a esa cláusula. Revoca con carácter general las cláusulas sobre el suelo en las hipotecas e inlcuye que las entidades bancarias están obligadas a devolver los intereses cobrados de más desde que salió la sentencia del Tribunal Supremo.
Aquello que más temían los bancos, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas ampliara el reembolso de las entidades bancarias a las firmas de los contratos, se ha cumplido. Se prevé un impacto de unos 4.000 millones de euros.
Así que, la buena noticia para los clientes hipotecados con suelos en sus préstamos es mala para las entidades bancarias que usaron estas cláusulas.
Hay dos entidades que no se han visto afectadas en nada, ya que no las usaban: Santander y Bankinter. Los impactos en el resto varían.
¿Entonces qué pueden hacer los perjudicados para recuperar su dinero pagado de más?
La resolución del Tribunal de Justicia Europeo tan solo señala que las devoluciones no deben limitarse a las cantidades pagadas desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que la retroactividad debe volver atrás, hasta la firma del contrato.
Mejores abogados cláusula suelo - Los afectados deberán reclamar de forma individual
Aunque esto no significa ni por asomo que las entidades financieras tengan la obligación de devolver el dinero automáticamente.
La Confederación Española de Cajas de Ahorros se ha apresurado a afirmar que “esta sentencia no se puede aplicar directamente. Su impacto en las entidades financieras se se irá viendo a medida que los juzgados y tribunales españoles, que tengan asuntos pendientes, analicen cómo se aplica en cada caso”, sentencia.
Esto significa, en principio, y a falta de acciones judiciales conjuntas que lo más probable se presentarán por parte de asociaciones de consumidores y usuarios, hay que reclamar de forma individual. En estos casos tienen importancia los abogados cláusula suelo.
Una vez que se haya determinado que la cláusula es abusiva, la entidad bancaria, esta vez sí, se verá obligada a retornar los intereses excesivos que se han creado desde la firma del contrato.
También se añade la resolución judicial de primera instancia del pasado abril que declara que todas, absolutamente todas las cláusulas suelo, son nulas, como resolución a la macrodemanda presentada por Adicae.
Pero todavía no está todo perdido para la banca, porque esa sentencia no es definitiva, dado que no es firme, y se ha recurrido ante la Audiencia Provincial y se puede llevar incluso ante el Supremo.
Los bancos no están obligados a devolver de oficio el dinero
Se pudo empezar a reclamar gracias a una sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo que disparaba contra las cláusulas impuestas por Cajamar, BBVA y Novacaixagalicia Banco (hoy Abanca).
Cuando se dictaminó, esta resolución judicial hizo una enmienda a la totalidad a ese instrumento. Invalida con carácter general las cláusulas suelo en las hipotecas y añade que las entidades bancarias deberán devolver los intereses cobrados de más desde la sentencia del Alto Tribunal.
Aquello a lo que más sentían miedo las entidades bancarias, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Bruselas extendiera el reembolso de las entidades financieras a las firmas de los contratos, se ha hecho realidad. El impacto potencial es de unos 4.000 millones de euros.
Por otra parte, Adicae afirma que la sentencia actual del Tribunal Europeo brinda la oportunidad a que todos los afectados de esa macrodemanda, unos 15.000, puedan recuperar la totalidad de lo que se les cobró de más, y no únicamente desde mayo de 2013.
“Esta resolución apresura todos los plazos de resolución”, ha afirmado una rueda de prensa el presidente de Adicae, Manuel Pardos, que pide a la banca una rectificación.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pide a “los bancosque regresen de oficio las cantidades cobradas indebidamente”. Si bien puntualiza, que, “mientras se espera la reacción de la banca, OCU asistirá, como lo ha hecho hasta ahora, a todos los perjudicados a interponer una demanda por este abuso si no tuvieran más remedio que acudir a la vía judicial; eso sí, sabiendo ahora que van a recuperar todo su dinero”.
En su momento, tras la resolución del Supremo del 9 de mayo de 2013, BBVA fue el primero en devolver, por su propia voluntad, el dinero. El banco que preside Francisco González notificó en junio de 2013 que eliminaba de una vez la cláusula a cerca de 425.000 hipotecados, a los que encima devolvió lo el exceso cobrado desde mayo de ese mismo año.
La cláusula suelo de BBVA fijaba un límite mínimo de intereses del 2,8%.
Acontinuación fueron las otras dos entidades, Abanca y Cajamar, también condenadas por el Supremo por lanzar al mercado las cláusulas suelo de forma poco clara. Estas dos entidades han devuelto lo recibido desde mayo de 2013. Aunque las demás entidades no lo han hecho, a no ser que lo dictamine una sentencia de un juez.
También eliminaron las cláusulas suelo CaixaBank y Bankia el año pasado, eso sí sin regresar lo cobrado de más. Y mucho menos desde mayo de 2013.
¿Pero qué deben hacer los afectados para que les devuelvan la cantidad cobrada de más por la cláusula suelo?
La sentencia del Tribunal de Justicia Europeo tan solo aclara que las devoluciones no deben limitarse a los importes pagados desde la sentencia del 9 de mayo de 2013, sino que hay que remontarse a el momento de la firma del contrato. Su opción más efectiva para hacer la reclamación de su dinero es ponerse en contacto con un despacho de abogados cláusula suelo.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: medidas cautelarísimas
Caso de éxito: medidas cautelarísimas. Nuestra cliente era una señora, la cual había interpuesto numerosas denuncias a la Policía Local y a la Guardia Civil, dado que en el local que se encontraba debajo de su vivienda se producía de forma continua y prolongada en horario nocturno un ruido intenso que perturbaba e impedía el correcto descanso y horario de sueño de nuestra clienta, alterando gravemente su vida diaria y rutina de trabajo.
CASO DE ÉXITO: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario
Caso de éxito: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario. Nuestro cliente era un particular que había sido acusado por la comisión de un posible delito de agresión sexual con penetración digital a una menor de 16 años. Dicha menor se trataría de su propia hija quién, además, sería quien iniciaría con la correspondiente representación legal, el proceso de instrucción contra su progenitor con el fin de dejar ir a la casa de su padre.
CASO DE ÉXITO: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia
Caso de éxito: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. Nuestros clientes eran dos señores al cual su hermano le interpuso una demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. La parte contraria argumentaba que sus padres donaron en vida varios inmuebles a sus hermanos y esas donaciones no se tuvieron inicialmente en cuenta en la herencia; perjudicando así su legítima estricta y habiendo omitido un inmueble que se debería añadir a la herencia.
CASO DE ÉXITO: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal
Caso de éxito: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal. Nuestro cliente era un señor quien reside en un piso 5 y tiene una vecina en el Ático, la cual interpuso frente a él una querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal, dado que ella argumentaba que nuestro cliente tocaba a su puerta y al timbre de forma insistente e intimidatoria, y solicitó en su querella la condena de nuestro representado y además como medidas cautelares, la retirada del pasaporte y la prohibición de comunicación con la demandante.
CASO DE ÉXITO: problemas con propietarias de una Mancomunidad
Caso de éxito: problemas con propietarias de una Mancomunidad. El hijo de una de las propietarias de la Mancomunidad alegaba que acudía en numerosas ocasiones a visitar a su madre, vecina de uno de los portales de la Mancomunidad. Que en todas ellas en las que el señor acudía, aparcaba todas y cada una de las veces su vehículo en el aparcamiento privado de la Mancomunidad, y que aparcaba lo más cerca posible del portal de su madre, habida cuenta que la señora es mayor y está ligeramente impedida para andar.
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.