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Impugnación del acta de comunidad de propietarios - VMS Abogados
Propietarios, según lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal, son son: nombrar y remover a quienes ostentan los cargos anteriores, solucionar las quejas que los propietarios de los pisos o locales planteen frente a la forma de actuar de los mimos, aprobar el plan de gastos e ingresos previstos y la contabilidad correspondiente, dar el visto bueno a los presupuestos y las posibles obras de reparación de la finca, recibir información de las medidas urgentes que tome el administrador (que suele ser las que se enfoquen al mantenimiento y entretenimiento del inmueble, ordenando las reparaciones y medidas que sean necesarias), aprobar o reformar los Estatutos y determinar las reglas de régimen interno y saber y decidir en los demás temas de interés general para la Comunidad de Vecinos, acordando las mejoras necesarias o convenientes para el mejor servicio comunal.

Teniendo en cuenta lo anterior, los Acuerdos de la Junta de Propietarios se recogen en un Acta de la Junta de Propietarios. Por ello, podemos decir que si se impugna un Acta de la Junta de Propietarios, en realidad estamos impugnando el Acuerdo que ha alcanzado la Junta en cierto Punto del Orden del día, teniendo que ser las razones para impugnar que resulte contrarios a la Ley o a los Estatutos de la Comunidad, si son gravemente dañinos para los intereses de la totalidad de vecinos en beneficio de uno o unos cuantos dueños de los pisos, cuando supongan un serio inconveniente para otro propietario que no esté obligado juríidicamente a soportarlo o por si se han aprobado con abuso de derecho.
La impugnación de los Acuerdos implica la interposición de una Demanda por la que, normalmente, solicitaremos que se declare la nulidad del Acuerdo adoptado.
Contacte con nuestros abogados propiedad horizontal, especialistas en comunidades de vecinos y propietarios.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Impugnación del acta de comunidad de propietarios - Características de nuestro servicio
- Estudio de los documentos aportados por nuestros clientes. A veces, estos documentos pueden datar de hace bastantes años, remontándonos a Acuerdos adoptados cuando se creó la Comunidad.
- Envío de Burofax para llegar a un pacto o una compensación fuera de la vía judicial que se ajuste a los intereses de nuestros clientes, y solucione el litigio de forma amistosa.
- Comprobación del cumplimiento de las obligaciones legales para convocar la Junta, elaborar el Orden del Día, qué mayorías son necesarias según el Derecho para aprobar los Acuerdos, etc.
- Elaboración de Informes.
- Estar presente en las Juntas de Vecinos para aconsejar a la Comunidad de Propietarios en aquellas materias que susciten dudas o sean de una delicadeza especial.
- Interposición de Demandas en las que impugnamos dichos Acuerdos alcanzados por los motivos que ya hemos mencionado con anterioridad.

Después de hacer este trabajo, tras la interposición de la respectiva Demanda cuando no hemos logrado los propósitos de manera amistosa, los abogados nos encargaremos defender en sede judicial las pretensiones de los clientes. Primero iremos a la celebración de lo que se conoce como Audiencia Previa, en la cual estableceremos cuál es la raíz del problema, qué pruebas vamos a utilizar para intentar ganar el conflicto, a quién se va a proponer como testigo, etc. A continuación de este acto procesal, se celebra aquello que normalmente se conoce más detalladamente: el acto del Juicio. Es este acto se practicará la prueba: interrogatorios, testificales, testimonios de los peritos que hayan redactado los informes, etc. Por último, obtendremos la Sentencia.
Acabamos de exponer algunas de las actividades más importantes que desarrollamos los abogados especializados en Derecho de la Propiedad Horizontal, en especial en lo que a impugnación de Actas de las Juntas de Propietarios se refiere.
Sin embargo, además actuamos junto con los Administradores de Fincas asistiéndoles en aquellas problemáticas jurídicas que precisan de un análisis y trato específicos, brindando nuestra experiencia para darles toda la ayuda que necesiten con el fin de aprobar Acuerdos que cumplan con la legalidad actual, comprendiendo temas tan amplios como pueden ser, por ejemplo, la posibilidad de establecimiento de una vivienda turística hasta una reclamación por un incumplimiento contractual en la construcción de unas obras de mantenimiento.
Impugnación del acta de comunidad de propietarios - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
La respuesta a este tipo de cuestiones es simple: se tiene que contratar a un abogado especializado en estos temas para cerciorarnos que la persona o personas encargadas de defender nuestros intereses cuentan con los conocimientos necesarios y están al día de los cambios y las novedades legislativas que se producen en la Propiedad Horizontal.
Estamos preparados y formados para resolver todo tipo de problema que en relación a esta rama del Derecho nos realicen nuestros clientes, teniendo siempre presente que son temas complejos en los que hay involucrados intereses que afectan a la esfera íntima y privada de la vida, ya que en la mayor parte de los casos serán hogares o locales comerciales en los que nuestros clientes desarrollen sus costumbres cotidianas o tengan situados sus negocios, sabiendo dar la importancia que se requiere y prestar la atención requerida a las problemáticas de nuestros clientes.
En relación al momento idóneo para contratar a un letrado especializado éste podrá ser variado, dependiendo de el escenario de cada caso singular. Algunas veces pensamos que el momento apropiado y la mejor forma de proceder es previamente a la aprobación del Acuerdo, ya sea para tener claros nuestros derechos y obligaciones, bien para saber cuáles son los requisitos legales para admitir ciertos tipos de pacto. En ciertas ocasiones, no obstante, nuestros clientes no saben ni cuentan con la certeza de que en la próxima Junta de Propietarios se va a admitir un Acuerdo que vaya contra sus intereses, de forma que entonces el momento oportuno para contratar nuestros servicios tendrá que ser después de la recepción del Acta en que se perjudican nuestros intereses.
Por tanto, habiendo dicho todo lo anterior, estamos en posición de afirmar que somos un bufete en el cual se puede confiar en la rama de Propiedad Horizontal, no dudes en plantearnos tu caso.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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