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Hacer contrato de arras - VMS Abogados
Podemos describir las arras como aquella señal entregada como garantía para la firma de un posterior contrato de compraventa sobre algún tipo de propiedad (lo más frecuente es que se trate de un bien inmueble).
En el contrato de arras se incluyen la mayoría de las condiciones que compondrán el futuro contrato de compraventa: valor, tiempos, bien sobre el que se entregan las arras… Y lo más importante, se recogen los efectos y/o penalizaciones por no cumplir o no haber acatado las condiciones fijadas en el contrato de arras.
El artículo 1.454 del Código Civil nos da una pista bastante clara, incluso para aquellas personas que no expertas, de qué puede ocurrir si violamos alguna de las condiciones en las que se acordó el contrato de arras: “Si hubieran mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato resignándose el comprador a perderlas o el vendedor a reembolsarlas doblemente”.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa trabajamos cada día este tipo de cuestiones, dado que somos un despacho experto en derecho inmobiliario, y con frecuencia recurren a nosotros clientes que, por ser vendedores o adquirientes, tienen problemas con lo reflejado en un contrato de arras. Suele ser normal que la gente no sepa hasta qué nivel los Contratos de Arras pueden ocasionar quebraderos de cabeza a las partes que lo suscriben, perjudicando a nuestro patrimonio de tal modo que podemos perder una gran cantidad entregada (si somos adquirientes) o tener que devolver una cantidad recibida por doble (si somos vendedores) por cometer un quebrantamiento del contrato.
VMS lleva más de 10 años resolviendo apuros de clientes, tanto de personas físicas como jurídicas (esto es, mercantiles) que se enfrentan a una grave pérdida patrimonial producida por no haber sabido qué firmar, cómo entender las estipulaciones del contrato y por no lograr entender a qué se estaban exponiendo y bajo qué condiciones.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arras.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Hacer contrato de arras - Características de nuestro servicio
Las funciones que desempeñamos los abogados especialistas en Contratos de Arras suelen mantener relación y ser muy similares a aquellas funciones que practica la parte de derecho civil que estudia la parte de obligaciones y contratos.
Sin embargo, trataremos de desgranar funciones concretas en esta clase de contratos y cogeremos como ejemplo la el escrito de un contrato de arras que conlleve la compra de un bien inmueble:
- Hay una parte de recopilación de papeleo: solicitar información registral del inmueble es obligatorio, entre otras cosas, para identificar la finca sobre la que vamos a redactar el contrato que conllevará, en un futuro, la adquisición de la vivienda.
- Tenemos que analizar y establecer para las partes (si nos han contratado ambas) qué disposiciones vamos a ofrecer a ambas: plazas, método de pago, circunstancias que pueden suspender o influir en la compraventa, etc.
- Incluir aquellas penalizaciones que puedan afectar a las partes en caso de infracción del contrato por parte de alguna de las partes.
Una de las actuaciones que más miramiento necesitan es la redacción de las cláusulas que puedan afectar al desempeño o no de lo dispuesto en el contrato, es decir, tenemos que tomar en consideración aquellas situaciones que puedan conllevar para nuestros clientes un perjuicio. Por ejemplo, imaginemos que, para poder adquirir un inmueble, nuestros clientes necesitan conseguir la financiación económica necesaria, pudiendo obtener ésta a través de diferentes medios (por ejemplo, solicitar un préstamo hipotecario o necesidad de poner a la venta con anterioridad un inmueble. Esta cuestión deberá ser contemplada en el contrato de arras para asegurarnos de que hasta que no se consiga la financiación, no resulte forzoro constituir y oficializar la compra sobre el inmueble.
Asímismo, en caso de infracción de cualquiera de las partes contratantes, también forma parte de nuestras funciones intentar llegar a un acuerdo de manera extrajudicial para conseguir el menor perjuicio posible para nuestros clientes. En definitiva, la tarea de mayor importancia que debe afrontar un abogado experto en contratos de arras es la de velar por los intereses del cliente que representa, e intentar evitarle un procedimiento judicial con todos los efectos que ello conlleva, por ejemplo, con una condena a pagar una cantidad que no posee.
Hacer contrato de arras - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El porqué recurrir a un abogado experto radica, precisamente, en lo ya especificado en el la legislación española y que tenemos a bien reflejar este artículo: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compraventa, será posible romperse el contrato allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas”.
Teniendo esto en cuenta, parece evidente el motivo para contratar a un profesional: para prevenir un perjuicio económico que conlleve una pérdida patrimonial que, a veces, y teniendo en cuenta el valor de la vivienda que queramos comprar, puede llegar a cuantías que acarreen un endeudamiento para nuestros clientes que no sean capaces enfrentar.
Por este motivo, el momento apropiado para contratar a un abogado es siempre el mismo: antes de empezar cualquier tipo de relación legal. Sin embargo, queremos incidir en la importancia de contratar a un abogado especialista en arras previamente a suscribir ningún contrato, porque es muy habitual que los clientes acudan a nosotros cuando ya han firmado y ya han incurrido en algún tipo de error que puede implicarles un problema.
Tomando en consideración la libertad de pacto entre las partes, el Código Civil siempre será de aplicación en lo que no haya sido acordado, por lo que resulta imprescindible contactar con un abogado que conozca qué argumentos utilizar cuando existan vacíos en el contrato de arras para que pueda proteger nuestros intereses de la mejor forma para impedir dañarnos.
Es por ello por lo que, en el presente post, os recomendamos recurrir a un abogado antes de firmar cualquier tipo de contrato que, posteriormente, os obligue a tener que contratarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: medidas cautelarísimas
Caso de éxito: medidas cautelarísimas. Nuestra cliente era una señora, la cual había interpuesto numerosas denuncias a la Policía Local y a la Guardia Civil, dado que en el local que se encontraba debajo de su vivienda se producía de forma continua y prolongada en horario nocturno un ruido intenso que perturbaba e impedía el correcto descanso y horario de sueño de nuestra clienta, alterando gravemente su vida diaria y rutina de trabajo.
CASO DE ÉXITO: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario
Caso de éxito: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario. Nuestro cliente era un particular que había sido acusado por la comisión de un posible delito de agresión sexual con penetración digital a una menor de 16 años. Dicha menor se trataría de su propia hija quién, además, sería quien iniciaría con la correspondiente representación legal, el proceso de instrucción contra su progenitor con el fin de dejar ir a la casa de su padre.
CASO DE ÉXITO: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia
Caso de éxito: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. Nuestros clientes eran dos señores al cual su hermano le interpuso una demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. La parte contraria argumentaba que sus padres donaron en vida varios inmuebles a sus hermanos y esas donaciones no se tuvieron inicialmente en cuenta en la herencia; perjudicando así su legítima estricta y habiendo omitido un inmueble que se debería añadir a la herencia.
CASO DE ÉXITO: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal
Caso de éxito: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal. Nuestro cliente era un señor quien reside en un piso 5 y tiene una vecina en el Ático, la cual interpuso frente a él una querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal, dado que ella argumentaba que nuestro cliente tocaba a su puerta y al timbre de forma insistente e intimidatoria, y solicitó en su querella la condena de nuestro representado y además como medidas cautelares, la retirada del pasaporte y la prohibición de comunicación con la demandante.
CASO DE ÉXITO: problemas con propietarias de una Mancomunidad
Caso de éxito: problemas con propietarias de una Mancomunidad. El hijo de una de las propietarias de la Mancomunidad alegaba que acudía en numerosas ocasiones a visitar a su madre, vecina de uno de los portales de la Mancomunidad. Que en todas ellas en las que el señor acudía, aparcaba todas y cada una de las veces su vehículo en el aparcamiento privado de la Mancomunidad, y que aparcaba lo más cerca posible del portal de su madre, habida cuenta que la señora es mayor y está ligeramente impedida para andar.
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.