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Contrato promesa de compraventa inmueble - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su art. 1.446, que el pago de la venta consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que fija que sea cierto, es decir, que quede perfectamente demarcado y señalado en el documento, siendo necesario para ello que el importe sea acordado, no pudiéndose obligar unilateralmente por ninguna de las partes implicadas.
De esta forma, un elemento clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en la finalidad del contrato y en el coste, aunque no se hayan entregado.
Actualmente, hay multitud de contratos que tienen relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contrato promesa de compraventa inmueble - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las labores que realiza un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, vamos a tratar de de resumirlas, ya que son extensas y, en la mayor parte de los casos, complicadas:
- En primer lugar, se tiene que conseguir información registral de la propiedad, esto es, solicitar al Registro de la Propiedad donde se ubique el inmueble que nos informe en qué circunstancias se encuentra el inmueble: exenta de cargas, si tiene hipoteca, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Es casi práctica obligatoria antes de proceder a formalizar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se contemplen condiciones acordadas entre vendedor y adquiriente, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las disparidades entre ellos.
- Debe asegurarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y comunicar al cliente qué tipo de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, obviamente, el propio importe de la propiedad. Una de las funciones realizadas por los abogados consiste también en redactar, naturalmente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos ocupamos de negociar en nombre de nuestros clientes, y conseguir, en muchas ocasiones, que se respeten los objetivos marcados en lo que respecta a obtener el precio deseado a cambio de la vivienda cuando queremos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando deseamos comprar.
- Asímismo, entre otras cosas, también nos ocupamos de verificar si las partes se encuentran capacitadas para realizar la venta o transmisión de la propiedad, puesto que tienen que ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente otorga capacidad para ello.
Cabe decir, por si alguno de nuestros lectores no lo lo sabe, no impone la legilsación actual a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque lógicamente, resulta totalmente aconsejable. Esto es, Luis puede vender a Jesús su casa mediante un contrato firmado entre ellos, sin necesidad de pasar por el Notario y obviamente, no tener que inscribirlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede proporcionar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para evitar inconvenientes en un futuro.
Contrato promesa de compraventa inmueble - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra profesión, somos conscientes de que los problemas jurídicos que pueden perjudicar al patrimonio de las personas surgen por el más pequeño contratiempo inesperado, y es por eso por lo que en materias tan complejas y relevantes financieramente como en situación de compraventa de propiedades, y por la importancia que pueden tener en nuestro patrimonio, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y adoptado la decisión de adquirir una casa.
Es verdad que tenemos la posibilidad de posponer el momento de acudir a un abogado cuando tenemos escogida la vivienda: en ese momento, deberíamos comenzar a gestionar toda la documentación que hemos comentado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos aconseje y guíe sobre las pautas a seguir: recopilación de datos registrales, acuerdo para el intercambio de opiniones acerca del coste, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que tengamos la intención de suscribir un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de arras.
Sin embargo, y a pesar de nuestra ayuda, suele ser frecuente en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel legal, por lo que estamos completamente acostumbrados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Confiamos que el presente post os ayude a comprender en qué consisten los contratos de arrendamiento sobre inmueble y cuáles son las tareas que realiza un abogado, pero si tenéis cualquier clase de duda, como siempre indicamos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.