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Contrato de arras Tecnocasa - VMS Abogados
Podemos describir las arras como aquella señal entregada como garantía para la firma de un posterior contrato de compraventa sobre alguna clase de bien (lo más común es que se trate de un bien inmueble).
En el contrato de arras se incluyen la mayor parte de las condiciones que compondrán el futuro contrato de compraventa: precio, plazos, objeto sobre el que se conceden las arras… Y lo fundamental, se fijan las consecuencias y/o penalizaciones por no llevar a cabo o no haber acatado las condiciones establecidas en el contrato de arras.

El art. 1.454 del Código Civil nos brinda una señal bastante clara, incluso para las personas que no especialistas, de qué puede ocurrir si violamos alguna de las cláusulas en las que se pactó el contrato de arras: “Si hubieran mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá romperse el contrato allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a reembolsarlas duplicadas”.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa trabajamos todos los días este tipo de asuntos, dado que somos un despacho especializado en derecho inmobiliario, y muchas veces recurren a nosotros clientes que, por ser vendedores o compradores, tienen problemas con lo suscrito en un contrato de arras. Suele ser habitual que la gente desconozca hasta qué punto los Contratos de Arras pueden producir quebraderos de cabeza a las partes que lo firman, afectando a nuestro patrimonio de tal forma que podemos perder una importante cantidad entregada (si somos compradores) o tener que reembolsar una cantidad obtenida por duplicado (en el caso de que seamos vendedores) por incurri en un incumplimiento del contrato.
Nuestro despacho lleva más de 10 años resolviendo apuros de clientes, tanto de personas físicas como jurídicas (esto es, mercantiles) que se enfrentan a una gran pérdida patrimonial producida por no haber tenido en cuenta qué firmar, cómo entender las disposiciones del contrato y por no lograr comprender a qué se estaban obligando y bajo qué condiciones.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arras.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de arras Tecnocasa - Características de nuestro servicio
Las actuaciones que realizamos los abogados especialistas en Contratos de Arras suelen guardar relación y ser muy similares a aquellas tareas que practica el ámbito de derecho civil que analiza la parte de deberes y documentos contractuales.
Sin embargo, intentaremos desglosar funciones específicas en este tipo de contratos y cogeremos como ejemplo la redacción de un contrato de arras que conlleve la compra de una vivienda:
- Existe una fase de obtención de papeleo: pedir información registral de la vivienda es básico, sobre todo para identificar la parcela sobre la que vamos a redactar el contrato que conllevará, en un futuro, la compra de la vivienda.
- Debemos estudiar y establecer para las partes (si nos han contratado las dos) qué disposiciones vamos a ofrecer a las dos: plazas, forma de pago, supuestos que pueden suspender o influir en la operación, etc.
- Añadir aquellas penalizaciones que puedan repercutirse a las partes en caso de violación del contrato por parte de alguno de los implicados.

Una de las tareas que más atención necesitan es la preparación de las cláusulas que puedan afectar al desempeño o no de lo dispuesto en el contrato, esto es, tenemos que tener en cuenta aquellos casos que puedan conllevar para nuestros clientes un perjuicio. Por ejemplo, pensemos que, para poder adquirir una casa, nuestros clientes necesitan obtener la financiación económica necesaria, pudiendo conseguir ésta a través de distintos medios (por ejemplo, constituir una hipoteca o necesidad de poner a la venta previamente una vivienda. Esta cuestión deberá ser especificada en el contrato de arras para asegurarnos de que hasta que no se logre la financiación, no resulte obligatorio proceder y formalizar la compra sobre el inmueble.
Además, en caso de violación de alguna de las partes contratantes, también es parte de nuestras labores tratar de llegar a un acuerdo de manera extrajudicial para lograr el menor perjuicio posible para nuestros clientes. En resumen, la función más importante a la que se enfrenta un abogado experto en contratos de arras es la de apoyar los intereses del cliente que representa, y tratar de evitarle un proceso legal con todas las consecuencias que ello conlleva, por ejemplo, con una condena a pagar una cantidad con la que no cuenta.
Contrato de arras Tecnocasa - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El porqué recurrir a un abogado especialista radica, precisamente, en lo ya explicado en el la legislación española y que tenemos a bien reflejar aquí: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato resignándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas por dos”.
Teniendo esto en cuenta, parece obvio por qué contratar a un profesional: para evitar un perjuicio económico que suponga una pérdida patrimonial que, en ocasiones, y tomando en consideración el precio de la vivienda que deseemos adquirir, puede ascender a cantidades que conlleven un endeudamiento a nuestros clientes que no sean capaces enfrentar.
Así pues, el momento oportuno para recurrir a un abogado siempre es el mismo: antes de empezar cualquier clase de relación jurídica. No obstante, nos gustaría incidir en la importancia de acudir a un abogado experto en arras de forma previa a suscribir ningún contrato, porque es muy frecuente que los clientes acudan a nosotros cuando ya han firmado y ya han incurrido en algún tipo de error que puede conllevarles un problema.
Tomando en consideración la libertad de pacto entre las partes, el Código Civil siempre resultará de aplicación en lo que no haya sido acordado, por lo que es imprescindible consultar con un profesional que conozca qué razonamientos utilizar cuando existan vacíos en el contrato de arras de manera que pueda defender nuestros intereses de la mejor forma para evitar dañarnos.
Por eso, en este post, os recomendamos contactar con un abogado antes de firmar cualquier tipo de contrato que, posteriormente, os fuerce a tener que visitarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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