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Contrato de arras compra piso - VMS Abogados
Podemos describir las arras como la señal concedida como depósito para la suscripción de un posterior contrato de compraventa sobre algún tipo de propiedad (lo más frecuente es que se trate de una vivienda).
En el contrato de arras se recogen la mayor parte de los requisitos que compondrán el futuro contrato de compraventa: valor, tiempos, bien sobre el que se conceden las arras… Y lo más importante, se recogen los efectos y/o penalizaciones por no haberse ajustado o no haber respetado las cláusulas fijadas en el contrato de arras.
El artículo 1.454 del Código Civil nos da una señal bastante evidente, incluso para aquellas personas que no expertas, de qué puede ocurrir si violamos alguna de las cláusulas en las que se pactó el contrato de arras: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compraventa, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas”.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa tratamos cada día este tipo de cuestiones, ya que somos un despacho especializado en derecho inmobiliario, y con frecuencia acuden a nosotros clientes que, por ser vendedores o adquirientes, tienen dificultades con lo suscrito en un contrato de arras. Suele ser habitual que la gente desconozca hasta qué punto los Contratos de Arras pueden causar problemas a las partes que lo firman, perjudicando a nuestro patrimonio de tal modo que podemos perder una importante cantidad transferida (si somos compradores) o tener que devolver una cantidad recibida por duplicado (en el caso de que seamos vendedores) por cometer una infracción contactual.
Nuestro despacho lleva más de 10 años solucionando problemas de clientes, tanto de personas físicas como de empresas (esto es, mercantiles) que se enfrentan a una terrible pérdida patrimonial producida por no haber sabido qué firmar, cómo comprender las estipulaciones del contrato y por no lograr comprender a qué se estaban obligando y bajo qué circunstancias.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arras.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de arras compra piso - Características de nuestro servicio
Las funciones que desempeñamos los abogados especialistas en Contratos de Arras suelen mantener relación y ser muy parecidas a aquellas funciones que ejerce el ámbito de derecho civil que analiza la parte de deberes y contratos.
Sin embargo, intentaremos desgranar tareas específicas en esta clase de contratos y cogeremos como ejemplo la redacción de un contrato de arras que suponga la adquisición de un bien inmueble:
- Hay una fase de obtención de documentación: pedir información registral de la vivienda es obligatorio, entre otras cosas, para identificar la finca sobre la que vamos a redactar el contrato que conllevará, posteriormente, la compra de la vivienda.
- Tenemos que estudiar y establecer para las partes (si nos han contratado las dos) qué cláusulas vamos a ofrecer a ambas: plazas, forma de pago, condiciones que pueden anular o condicionar la compraventa, etc.
- Definir aquellas penalizaciones que puedan afectar a las partes en caso de quebrantamiento contractual por parte de alguno de los implicados.
Una de las funciones que más atención necesitan es la redacción de las condiciones que puedan afectar al desempeño o no de lo reflejado en el contrato, esto es, tenemos que tener en cuenta aquellos supuestos que puedan conllevar para nuestros clientes un perjuicio. Por ejemplo, pensemos que, para poder comprar una casa, nuestros clientes necesitan obtener la financiación económica necesaria, pudiendo conseguir ésta mediante diferentes medios (por ejemplo, constituir un préstamo hipotecario o necesidad de poner a la venta con anterioridad una vivienda. Esta cuestión deberá ser reflejada en el contrato de arras para asegurarnos de que hasta que no se logre la financiación, no sea obligatorio constituir y oficializar la compraventa sobre la vivienda.
Asímismo, en caso de quebrantamiento de cualquiera de las partes contratantes, también forma parte de nuestras labores tratar de llegar a un acuerdo de manera extrajudicial para conseguir la menor penalización posible para nuestros clientes. En definitiva, la función más importante a la que se enfrenta un abogado especializado en contratos de arras es la de velar por los intereses del cliente que representa, y tratar de impedirle un procedimiento legal con todas las consecuencias que ello acarrea, por ejemplo, con una penalización a pagar una cantidad con la que no cuenta.
Contrato de arras compra piso - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo recurrir a un abogado especialista lo encontramos, precisamente, en lo ya anunciado en el el Código Civil y que queremos reflejar este artículo: “Si hubieran mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, será posible romperse el contrato resignándose el adquiriente a perderlas o el vendedor a reembolsarlas duplicadas”.
Teniendo esto en cuenta, resulta evidente el motivo para contratar a un abogado: para evitar un perjuicio económico que suponga una pérdida patrimonial que, a veces, y teniendo en cuenta el valor del inmueble que deseemos adquirir, puede ascender a cuantías que conlleven un endeudamiento para nuestros clientes que no puedan enfrentar.
Por este motivo, el momento oportuno para recurrir a un abogado es siempre el mismo: antes de iniciar cualquier tipo de relación legal. Sin embargo, nos gustaría hacer hincapié en la importancia de contratar a un abogado experto en arras previamente a firmar ningún contrato, puesto que es muy frecuente que los clientes acudan a nosotros una vez que han firmado y ya han cometido algún tipo de incumplimiento que puede acarrearles un problema.
Teniendo en cuenta la libertad de pacto entre las partes, el Código Civil siempre será de aplicación en aquello que no haya sido pactado, por lo que resulta fundamental contactar con un abogado que sepa qué razonamientos utilizar cuando haya vacíos en el contrato de arras de manera que pueda proteger nuestros intereses de la mejor forma para impedir perjudicarnos.
Por este motivo, en este post, os recomendamos recurrir a un abogado con anterioridad a firmar cualquier tipo de documento que, posteriormente, os obligue a tener que visitarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: medidas cautelarísimas
Caso de éxito: medidas cautelarísimas. Nuestra cliente era una señora, la cual había interpuesto numerosas denuncias a la Policía Local y a la Guardia Civil, dado que en el local que se encontraba debajo de su vivienda se producía de forma continua y prolongada en horario nocturno un ruido intenso que perturbaba e impedía el correcto descanso y horario de sueño de nuestra clienta, alterando gravemente su vida diaria y rutina de trabajo.
CASO DE ÉXITO: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario
Caso de éxito: sobreseimiento delito de agresión sexual a menor de 16 años en fase de Sumario. Nuestro cliente era un particular que había sido acusado por la comisión de un posible delito de agresión sexual con penetración digital a una menor de 16 años. Dicha menor se trataría de su propia hija quién, además, sería quien iniciaría con la correspondiente representación legal, el proceso de instrucción contra su progenitor con el fin de dejar ir a la casa de su padre.
CASO DE ÉXITO: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia
Caso de éxito: demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. Nuestros clientes eran dos señores al cual su hermano le interpuso una demanda sobre reducción de donación y adición de herencia. La parte contraria argumentaba que sus padres donaron en vida varios inmuebles a sus hermanos y esas donaciones no se tuvieron inicialmente en cuenta en la herencia; perjudicando así su legítima estricta y habiendo omitido un inmueble que se debería añadir a la herencia.
CASO DE ÉXITO: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal
Caso de éxito: querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal. Nuestro cliente era un señor quien reside en un piso 5 y tiene una vecina en el Ático, la cual interpuso frente a él una querella por un supuesto delito de Acoso del artículo 172 ter del Código Penal, dado que ella argumentaba que nuestro cliente tocaba a su puerta y al timbre de forma insistente e intimidatoria, y solicitó en su querella la condena de nuestro representado y además como medidas cautelares, la retirada del pasaporte y la prohibición de comunicación con la demandante.
CASO DE ÉXITO: problemas con propietarias de una Mancomunidad
Caso de éxito: problemas con propietarias de una Mancomunidad. El hijo de una de las propietarias de la Mancomunidad alegaba que acudía en numerosas ocasiones a visitar a su madre, vecina de uno de los portales de la Mancomunidad. Que en todas ellas en las que el señor acudía, aparcaba todas y cada una de las veces su vehículo en el aparcamiento privado de la Mancomunidad, y que aparcaba lo más cerca posible del portal de su madre, habida cuenta que la señora es mayor y está ligeramente impedida para andar.
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.