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Contrato de alquiler de inmueble - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos en los que uno de los participantes de la relación jurídica, el propietario, se obliga a traspasar el uso de la cosa a la otra parte, el arrendatario, que adquirirá el derecho de utilizar el bien a cambio de una prestación. En este artículo nos centraremos en hablar sobre los alquileres de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para legislar esta habitual actividad jurídica se redactó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los alquileres de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos diferentes de vivienda, por ejemplo, un local comercial. Los alquileres que se regulan en dicha Ley quedarán sujetos a lo dispuesto en la misma, aunque se tomarán en consideración los pactos entre ambas partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de forma general, deben recoger, entre otras cosas, los deberes: el arrendador quedará obligado a entregar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al arrendatario, a efectuar en el objeto de arrendamiento todas las reparaciones oportunas para que sirva para el uso a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el disfrute pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
A cambio, el inquilino estará obligado, habitual, a pagar el precio del alquiler en los términos acordados y a utilizar la vivienda alquilada de buena forma, destinándola al uso acordado.
Además, los contratos de arrendamiento tendrán que reflejar: el inmueble sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta establecida, las formas de prorrogar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las opciones de cesión y subarriendo, las formas de cancelar, rescindir y extinguir el contrato; también pueden reflejar en caso de conflicto, los Tribunales a los que quedarán sujetas los participantes para resolver las disputas que puedan surgir del cumplimiento o incumplimiento del contrato de arrendamiento, así como también podrán decantarse por someterse a la mediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, dado que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario tratamos estos asuntos de manera habitual.
A continuación, os explicaremos en qué consisten nuestras funciones y nuestra intervención en todo lo relacionado con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contrato de alquiler de inmueble - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado experto en contratos de arrendamiento tiene que haber recibido una formación específica en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuyo destino primordial tiene que ser satisfacer la necesidad estable de vivienda del inquilino, o sean alquileres pensados para uso distinto del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como uso primordial uno diferente del previsto para vivienda.
En cuanto a las labores que llevamos a cabo, suelen ser similares a las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recolección y estudio de la documentación relacionada con el bien que se quiere arrendar, por ejemplo, obtener la información que consta en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la titularidad del arrendador sobre el inmueble, conocer las deudas que sobre él pesan, etc.
- Redactar los contratos de alquiler, así como aconsejar a los clientes en el procedimiento para reducir los peligros de conflictos en el futuro.
- Defender los intereses de la persona que contrate nuestros servicios. En caso de ser propietario, debemos llevar la representación jurídica del cliente en caso de tener que pedir el desahucio de la vivienda por de la falta de pago de rentas o por el quebrantamiento de las obligaciones reflejadas en el contrato, por ejemplo. De esta manera, en caso de que el cliente sea inquilino, le representaremos si pretende enervar las cuantías reclamadas judicialmente, de requerir al arrendador para que cumpla con sus obligaciones de preservación y mantenimiento de la vivienda, etc.

Contrato de alquiler de inmueble - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo para contratar a un abogado experto en contratos de alquiler resulta evidente: para poner en valor en todo lo posible nuestros intereses y poder gozar de la tranquilidad que concede tener a un experto que esté protegiendo nuestros intereses.
Tanto si eres arrendatario como propietario debes garantizar el cumplimiento de las responsabilidades que corresponden a cada una de las partes, así como asegurarte de que no se incumplen las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza del destino de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para recurrir a un abogado experto en arrendamientos siempre recomendamos que es el momento anterior a la firma del contrato, puesto que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se incluya.
Sin embargo, es frecuente en nuestro trabajo que los clientes vengan cuando ya tienen un problema contractual sobre el alquiler acordado, por lo que también estamos acostumbrados a preservar sus intereses cuando los quebrantamientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el rol del abogado se traducirá en intentar evitar un procedimiento judicial y procurar resolver la cuestión de forma amistosa, siempre que consideremos que es la vía más adecuada para las dificultades del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este post os haya acercado un poco más a la figura de los arrendamientos, que pueda haber contribuido solucionar las cuestiones que se os planteen al menos de manera inicial, y como siempre comentamos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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