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Arras en el contrato de compraventa - VMS Abogados
Podemos definir las arras como aquella señal concedida como garantía para la firma de un posterior contrato de compraventa sobre algún tipo de bien (lo más frecuente es que se trate de un bien inmueble).
En el contrato de arras se establecen la mayoría de los requisitos que compondrán el futuro contrato de compraventa: valor, plazos, bien sobre el que se conceden las arras… Y lo más importante, se recogen las consecuencias y/o penalizaciones por no realizar o no haber acatado las cláusulas marcadas en el contrato de arras.

El art. 1.454 del Código Civil nos brinda una pista bastante evidente, incluso para aquellas personas que no tienen conocimientos en la materia, de qué puede suceder si contravenimos alguna de las cláusulas en las que se acordó el contrato de arras: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá romperse el contrato allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas”.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa trabajamos todos los días esta clase de asuntos, dado que somos un despacho experto en derecho inmobiliario, y con frecuencia recurren a nosotros personas que, por ser vendedores o compradores, tienen dificultades con lo suscrito en un contrato de arras. Suele ser normal que la gente desconozca hasta qué punto los Contratos de Arras pueden producir problemas a las partes que lo firman, afectando a nuestro patrimonio de tal modo que podemos perder una importante cantidad transferida (si somos compradores) o tener que devolver una cantidad obtenida por doble (si somos vendedores) por incurri en un quebrantamiento contactual.
Nuestro despacho lleva más de una década resolviendo problemas de clientes, tanto de personas físicas como de empresas (esto es, mercantiles) que se encuentran con una grave pérdida patrimonial generada por no haber sabido qué firmar, cómo entender las condiciones del contrato y por no lograr comprender a qué se estaban obligando y bajo qué circunstancias.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arras.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Arras en el contrato de compraventa - Características de nuestro servicio
Las actuaciones que desempeñamos los abogados especialistas en Contratos de Arras suelen mantener relación y ser muy similares a las funciones que practica el ámbito de derecho civil que estudia la parte de deberes y contratos.
No obstante, trataremos de desgranar tareas concretas en esta clase de contratos y tomaremos como ejemplo la redacción de un contrato de arras que suponga la compra de un bien inmueble:
- Hay una parte de obtención de papeleo: solicitar información registral de la vivienda es básico, entre otras cosas, para identificar la parcela sobre la que vamos a redactar el contrato que conllevará, posteriormente, la adquisición de la vivienda.
- Debemos estudiar y facilitar a las partes (si nos han contratado ambas) qué requisitos vamos a ofrecer a las dos: tiempos, forma de pago, supuestos que pueden suspender o influir en la compraventa, etc.
- Definir aquellas penalizaciones que puedan afectar a las partes en caso de infracción contractual por parte de alguno de los implicados.

Una de las actuaciones que más miramiento necesitan es la preparación de las condiciones que puedan influir en el desempeño o no de lo reflejado en el contrato, es decir, debemos tomar en consideración aquellos casos que puedan conllevar para nuestros clientes un perjuicio. Por ejemplo, imaginemos que, para poder comprar una casa, nuestros clientes necesitan obtener la financiación económica necesaria, pudiendo conseguir ésta a través de diferentes medios (por ejemplo, solicitar una hipoteca o necesidad de vender previamente una vivienda. Esta cuestión tendrá que ser contemplada en el contrato de arras para asegurarnos de que hasta que no se consiga la financiación, no resulte obligatorio proceder y formalizar la compra sobre la vivienda.
Asímismo, en caso de incumplimiento de alguna de las partes contratantes, también forma parte de nuestras tareas tratar de negociar de manera extrajudicial para lograr la menor penalización posible para nuestros clientes. En resumen, la función de mayor importancia que debe afrontar un abogado especializado en contratos de arras es la de apoyar los intereses de su representado, e intentar evitarle un procedimiento legal con todas las consecuencias que ello acarrea, por ejemplo, con una condena a pagar una cantidad que no tiene.
Arras en el contrato de compraventa - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo contratar a un abogado especialista radica, precisamente, en lo ya especificado en el la legislación española y que tenemos a bien reflejar este artículo: “Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, será posible rescindirse el contrato resignándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas por dos”.
Teniendo esto en cuenta, resulta obvio la razón para contratar a un abogado: para evitar un daño económico que conlleve una pérdida patrimonial que, a veces, y teniendo en cuenta el valor del inmueble que deseemos comprar, puede ascender a cuantías que conlleven un endeudamiento para nuestros clientes que no puedan afrontar.
Por este motivo, el momento apropiado para contratar a un abogado es siempre el mismo: antes de iniciar cualquier tipo de relación legal. Sin embargo, queremos hacer hincapié en la relevancia de contratar a un abogado experto en arras de forma previa a suscribir ningún contrato, porque es muy habitual que los clientes recurran a nosotros una vez que han firmado y ya han cometido algún tipo de error que puede implicarles un problema.
Tomando en consideración la libertad de pacto entre las partes, el Código Civil siempre resultará de aplicación en lo que no haya sido pactado, por lo que es imprescindible contactar con un profesional que sepa qué justificaciones emplear cuando existan lagunas en el contrato de arras de manera que pueda proteger nuestros intereses de la mejor forma para impedir dañarnos.
Por eso, en el presente artículo, os recomendamos recurrir a un abogado con anterioridad a firmar cualquier tipo de documento que, en el futuro, os obligue a tener que visitarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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