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ToggleLa vuelta a las aulas de los niños en el mes de septiembre y los continuos rebrotes de la Covid-19 están generando numerosas dudas, especialmente en relación con la obligación de los mismos de llevar a los menores a los centros educativos en el inicio del nuevo curso escolar.
¿Puedo no llevar a mi hijo al colegio por la Covid-19 y así evitar un posible contagio?
En primer lugar es preciso diferenciar según la edad del menor teniendo en cuenta que la educación obligatoria en España se desarrolla desde los seis hasta los 16 años. Por tanto, los padres con hijos menores de seis años podrán no llevar a sus hijos al colegio por la Covid-19 pero, en función de cada Comunidad Autónoma, el centro podrá tomar medidas que deriven en sanción aunque no sea obligatorio.
Por el contrario, todos aquellos menores que superen los seis años estarán obligados a acudir a las clases pudiendo el centro en cuestión activar los protocolos de absentismo en aquellos casos en que los padres se nieguen.
Dichos protocolos conllevan la imposición de sanciones administrativas, multas civiles, o incluso penales. La consecuencia más gravosa podría derivarse en la retirada de la custodia o patria potestad a los padres o tutores (aunque consideramos este escenario muy improbable).
En este sentido es preciso señalar que la Covid-19 no existe como causa legal para justificar la falta de asistencia al colegio. Por tanto, existe un vacío legal al respecto y debe imperar en todo caso el sentido común. Cada caso se tendrá que estudiar y valorar unas causes justificadas y acreditadas como:
- Que el menor se encuentre en uno de los grupos de riesgo establecidos.
- Que el centro en cuestión no cumpla con las medidas de protección fijadas como el uso obligatorio de las mascarillas, ventilación continúa de las aulas, toma de temperatura diaria, garantía de la distancia interpersonal, etc.
- Que el menor se encuentre conviviendo con una persona de riesgo.
- Residencia en el extranjero del menor o itinerancia de los padres.
En caso de llegar a tener un conflicto legal y poder acreditar las faltas, sería necesaria la intervención letrada para realizar una defensa con pruebas y alegaciones lógicas de cara a defender la posible sanción impuesta.
VMS Abogados es un despacho multidisciplinar que cuenta con abogados de Derecho Administrativo, Familiar o Penal, entre otras áreas del Derecho. No dude en consultarnos sin ningún tipo de compromiso.
¿Qué dicen los médicos sobre no llevar a mi hijo al colegio por la Covid-19?
Los profesionales sanitario coinciden en que no se debe llevar a los menores al colegio o guardería si presentan fiebre estableciéndose este síntoma como el criterio básico para no enviarlos al centro escolar.
El problema estriba en la similitud de los síntomas del coronavirus con otras enfermedades pediátricas, lo que dificulta la identificación de este virus. De esta forma, la Asociación Española de Pediatría decidió establecer recomendaciones para los padres y responsables:
- En caso de presentar cualquier síntoma de fiebre en casa no llevarles al centro educativo y contactar con el profesional de Atención Primaria para someter al menor a una PCR. Los padres también deben en este caso contactar con las autoridades sanitarias y con la dirección del colegio, pudiendo asistir a clases el menor si la PCR resulta negativa y ya no presenta síntomas. Si la prueba resulta positiva, se deberán seguir las recomendaciones de las autoridades sanitarias e informar igualmente a los responsables del centro.
- En caso de presentar fiebre o algún otro síntoma en el centro escolar, los responsables del mismo deberán tomar la temperatura del menor y aislarlo del resto permaneciendo este aislado hasta el resultado de la PCR que deberá ser comunicado al centro escolar para llevar a cabo un rastreo de todas las personas que hayan estado en contacto con el menor positivo.
Desde VMS Abogados esperamos que el artículo te haya resultado útil y haya resuelto las dudas sobre no llevar a mi hijo al colegio por la covid-19.