Juntas de Vecinos online. El Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha presentado una propuesta para modificar la Ley de Propiedad Horizontal, abordando la posibilidad de celebrar Juntas de Propietarios de manera virtual. Esta iniciativa, en consonancia con las disposiciones legales vigentes, tiene como objetivo principal aumentar la asistencia en las Juntas, y que dicha participación sea segura y conforme a las normas de Protección de Datos.
De acuerdo con la propuesta del PSOE, será necesario que se cumplan ciertos requisitos y garantías para la realización de Juntas de Propietarios en línea, en cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como el Reglamento General de Protección de Datos. Esto implica asegurar el tratamiento adecuado de los datos por parte de la Comunidad de Propietarios, así como la implementación de medidas de ciberseguridad para evitar posibles brechas de seguridad.
Propuesta de Modificación para Juntas de Vecinos online
En consonancia con los preceptos legales establecidos en la Ley de Propiedad Horizontal, particularmente en sus artículos 16 y 17, la propuesta del PSOE considera los aspectos procedimentales esenciales para la celebración de Juntas de Propietarios. Según lo establecido en el artículo 16, las Juntas de propietarios deberán reunirse al menos una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas, así como en otras ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo solicite la cuarta parte de los propietarios.
Asimismo, el artículo 17 establece los requisitos para la convocatoria de las Juntas de Propietarios, especificando que esta debe realizarse por escrito con una antelación mínima de seis días naturales, salvo en casos de emergencia, como son las Juntas Extraordinarias. La convocatoria debe incluir la fecha, hora, lugar de la reunión y el orden del día con los asuntos a tratar. Sin embargo, para las Juntas Generales Extraordinarias, el requisito de antelación no está especificado, aunque se exige que se comunique fehacientemente a todos los propietarios. De este modo, las Juntas Generales Extraordinarias plantean un problema a la hora de conseguir la asistencia de gran parte de los propietarios, ya que cabe la posibilidad de que se convoquen con días de antelación.
Retomando la propuesta del PSOE, esta deberá contemplar la necesidad de preservar la privacidad de los participantes, prohibiendo la grabación de las Juntas sin el consentimiento expreso de todos los presentes, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos.
Una de las modalidades que proponemos desde VMS abogados, es que los representantes de los órganos de la Comunidad, como el presidente, el administrador y el secretario, podrían estar presentes físicamente, mientras que otros propietarios podrían participar de manera remota. Esta disposición busca equilibrar la necesidad de contar con la presencia física de ciertos representantes con la conveniencia de permitir la participación telemática de los propietarios.
Esta propuesta no solo busca adaptar la normativa a las nuevas realidades tecnológicas, sino que también pretende fomentar una mayor participación y compromiso por parte de los propietarios en la gestión de sus comunidades. En un contexto marcado por la pandemia de COVID-19, esta reforma se presenta como una medida oportuna para garantizar la continuidad de las actividades comunitarias, minimizando los riesgos sanitarios asociados a las reuniones presenciales.
En conclusión, la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal en este aspecto representa un paso significativo hacia una mayor modernización y adaptación a los tiempos actuales, asegurando al mismo tiempo la protección de datos y la participación democrática de los propietarios en la gestión de sus comunidades.