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Impugnación de acuerdos junta de propietarios - VMS Abogados
Vecinos, en virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley de Propiedad Horizontal, son son: nombrar y remover a las personas que tienen los cargos anteriores, solucionar las quejas que los titulares de las viviendas o locales formulen contra la actuación de los mimos, aceptar el presupuesto de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes, aprobar los presupuestos y las posibles obras de rehabilitación de la edificación, recibir información de las medidas urgentes que tome el administrador (que son las que atiendan al mantenimiento y entretenimiento de la casa, ordenando las reparaciones y medidas que resulten urgentes), aceptar o modificar los Estatutos y fijar las normas de régimen interno y saber y decidir en el resto de temas de interés general para la Comunidad, acordando las mejoras necesarias o convenientes para el interés comunal.

Habiendo aclarado esta información, estos Acuerdos de la Junta de Propietarios se recogen en un Acta de la Junta de Propietarios. Por ello, podemos decir que cuando se impugna un Acta de la Junta de Propietarios, en realidad estamos impugnando el Acuerdo al que haya llegado la Junta sobre un determinado Punto del Orden del día, siendo los motivos de impugnación que los puntos del Acta sean contrarios a la Ley o a los Estatutos de la Comunidad, si resultan seriemente dañinos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno solo o de ciertos propietarios, cuando entrañen un grave inconveniente para otro propietario que no tenga obligación jurídica de tolerarlo o por si se han aprobado con abuso de derecho.
Impugnar los Acuerdos significa la interposición de una Demanda por la que, por lo general, pediremos que se declare la nulidad del Acuerdo adoptado.
Contacte con nuestros abogados propiedad horizontal, especialistas en comunidades de vecinos y propietarios.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Impugnación de acuerdos junta de propietarios - Características de nuestro servicio
- Estudio de la documentación aportada por nuestros clientes. Ocasionalmente, dicha documentación pueden ser de hace muchísimos años, pudiendo tener que remontarnos a Pactos aprobados en los orígenes de la Comunidad.
- Enviar Burofax con el objeto de llegar a un acuerdo o una satisfacción vía extrajudicial que se ajuste a los intereses de nuestros clientes, y arregle el litigio de forma amistosa.
- Vigilar el cumplimiento de las exigencias legales para convocar la Junta, redactar el Orden del Día, qué mayorías son necesarias según el Derecho para aprobar los Acuerdos, etc.
- Redacción de Informes.
- Acudir a Juntas de Propietarios para aconsejar a la Comunidad de Propietarios en todas las materias que den lugar a dudas o sean temas delicados.
- Interposición de Demandas en las que impugnamos dichos Acuerdos aprobados en virtud de las razones que ya hemos mencionado con anterioridad.

Después de realizar todo este trabajo, tras interponer la respectiva Demanda si no se logran nuestros propósitos de forma amistosa, los profesionales del derecho nos preparamos para defender ante los juzgados los intereses de nuestros clientes. Primero iremos a la celebración de lo que se conoce como Audiencia Previa, en la cual identificaremos cuál es la raíz del conflicto, qué medios de prueba se van utilizar para tratar de ganar el conflicto, qué testigos vamos a proponer, etc. Tras este acto procesal, tiene lugar lo que es más conocido entre nuestros clientes: el acto del Juicio. Es este acto se procederá a la prueba: interrogatorios, testificales, testimonios de los peritos que se hayan encargado de elaborar informes, etc. Finalmente, se obtiene la Sentencia.
Hemos presentado algunas de las tareas más importantes de las que nos encargamos los letrados especializados en Derecho de la Propiedad Horizontal, concretamente en lo que a impugnación de Actas de las Juntas de Propietarios hace referencia.
No obstante, también trabajamos codo con codo con los Administradores de Fincas orientándoles en aquellas cuestiones jurídicas que necesiten de un análisis y trato específicos, brindando nuestros conocimientos para darles toda la asistencia que necesiten con el objetivo de adoptar Acuerdos que cumplan con la legislación vigente, comprendiendo cuestiones tan amplias como pueden ser, por ejemplo, la posibilidad de establecimiento de una vivienda turística hasta una reclamación por no respetar un contrato de la construcción de unas obras de mantenimiento.
Impugnación de acuerdos junta de propietarios - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
La respuesta a esta pregunta es simple: tenemos que contar con los servicios de un abogado especializado en estos temas para constatar que quienes se encarguen de defender nuestros intereses tienen los conocimientos necesarios y están actualizados con los cambios y las novedades legislativas que se dan en la Propiedad Horizontal.
Contamos con la preparación y la formación para resolver todo tipo de consulta que en relación a esta materia nos hagan nuestros clientes, teniendo siempre en cuenta que son temas difíciles en los que hay implicados intereses que tienen relación directa con la esfera íntima y privada de la vida, ya que en la mayor parte de los casos serán hogares o locales en los que nuestros clientes practiquen sus costumbres cotidianas o tengan situados sus negocios, sabiendo dar la importancia que se merece y prestar la atención requerida a las problemáticas de nuestros clientes.
En cuanto al momento apropiado para contactar a un letrado especializado éste puede ser uno u otro, según el escenario de cada caso particular. Algunas veces consideramos que el momento indicado y el mejor modo de proceder es de manera previa a la aprobación del Acuerdo, ya sea para tener claros nuestros derechos y obligaciones, o sea para estar seguros sobre cuáles son los requisitos legales para llegar a determinadas clases de pacto. A veces, sin embargo, nuestros clientes no saben ni están seguros de que en la próxima Junta de Propietarios se va a admitir un Acuerdo que sea perjudicial sus intereses, por lo que entonces el momento oportuno para empezar a usar nuestros servicios será posterior a la recepción del Acta en que se refleje el acto que va contra nuestros intereses.
Por consiguiente, una vez dicho todo lo anterior, estamos en posición de afirmar que somos un bufete en el cual se puede confiar en la rama de Propiedad Horizontal, esperes más para plantearnos tu consulta.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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