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ToggleEs completamente normal que existan dudas y problemas a la hora de reclamar el interés de demora por la parte contratista debido al retraso del pago de un contrato. El calculo de los intereses de demora y su reclamación son algo complicados en cuanto al proceso y resolución de todos los datos, por ello es importante contactar con un abogado de derecho administrativo que ejecute y solucione estos problemas.
La mayoría de veces el calculo de los intereses de demora tiene más valor que la propia definición del concepto.
¿Qué es el interés de demora?
La existencia de este tipo de interés se debe a la inflación, el dinero no tiene el mismo valor hoy que dentro de unos años, hoy puedes recibir 500€ y comprar 50 camisetas y mañana puedes recibir 500€ y comprar 35 camisetas porque el valor del dinero disminuye con el paso del tiempo. Por ello, existe este tipo de interés que abona al compensado una plus debido al retraso.
El interés de demora se contempla dentro del apartado 1.100 del código civil oficial, y con ello se evitará la pérdida de valor de la cantidad a percibir por el acreedor
Ha ido variando en función de los años en 2013 y 2014 fue de un 4%, en 2015 de un 3,5 % y de 2016 a 2018 de 3% actualmente en 2020 mantenemos un 3,75% que es el tipo de interés de demora que se estableció en 2019.
Calculo del interés de demora
Calcular el valor del interés compuesto se puede resolver fácilmente con una simple operación matemática que resuelve muchas dudas y es rápida.
Interés de demora = (Suma de dinero a abonar) x (Tiempo total de retraso del pago dividido entre los 365 días del año) x (Tipo de interés de demora: Puede ser el que esté establecido en el contrato o el que estipule Hacienda en ese momento. Actualmente en 2020 sería un 3,75% como hemos dicho anteriormente)
Otro punto a tener en cuenta para calcular el interés de demora es que se rige bajo la Ley de Morosidad lo que solicita al deudor que también se haga cargo del pago de todos los documentos y procesos que se tengan que llevar a cabo una vez solicitado el pago de la deuda.
¿Cuáles son los requisitos para poder solicitar los intereses de demora?
Este tipo de interés solo se puede aplicar al impago si existen todos estos requerimientos.
- Ha pasado el plazo máximo de pago de la deuda.
- La deuda emitida debe ser monetaria, si no es dinero no se puede aplicar.
- El interés de demora debe estar pactado previamente antes de la firma del contrato.
- No debe existir un acuerdo anterior respecto a que no va a existir interés de demora.
Tipos de intereses de demora
Existe una variedad dentro de la categoría de intereses de demora:
Procesal
Este tipo se aplica siempre bajo la sentencia de un juez, esta condena de tipo monetaria recoge que la persona deberá abonar una cantidad de dinero determinada a Hacienda. Si esta persona no paga en el periodo que se le impone deberá abonar además el 5% más como tipo de interés de demora.
El interés de demora procesal queda recogido en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Hipotecario
El interés de demora que se suma al pago de una hipoteca no puede ser mayor 3 veces más del interés del dinero, y este se aplicara a la cantidad inicial de dinero y no a la suma con el paso de los años.
Este año 2020 este tipo de interés hipotecario es del 9%.
En préstamos personales
Cuando se realiza el acuerdo en el préstamo de dinero en un % este deberá ser de 2 puntos más si hay que aplicar el interés de demora. Este porcentaje se llama interés remuneratorio que es un porcentaje de la cantidad total del préstamo por el uso del dinero prestado, es básicamente el interés que debemos pagar por utilizar un préstamo.
En este caso, si pides un préstamo para comprar una moto, y el interés remuneratorio es del 8%, si se pasa el plazo de pago deberás abonar un 10% en vez de un 8% debido al interés de demora en préstamos personales.