Guía de contenidos
ToggleLa baja laboral es el momento en el que a un trabajador le es imposible, de manera temporal, cumplir con sus responsabilidades a causa de un accidente o enfermedad. En estos casos, la Seguridad Social establece mecanismos para compensar la falta de ingresos.
El beneficio de baja laboral puede aplicarse tanto a trabajadores por cuenta ajena como a los autónomos, aunque existen diferencias entre unos y otros.
En España, se cubren la mayoría de los casos en los que una persona recibe la baja laboral, pero el trabajador debe cumplir unos requisitos y las diferentes situaciones de incapacidad temporal son valoradas de manera distinta. Por ello, normalmente es necesario contar con los servicios de abogados laborales.
Para poder disfrutar de este beneficio, el trabajador no debe trabajar durante el período que se encuentre de baja.
Si, por ejemplo, se da el caso de un empleado administrativo en período de baja laboral y tras una inspección se detecta que está haciendo teletrabajo, tanto el empleador como el trabajador serán objeto de sanciones.
El subsidio por baja laboral corresponde según el caso al 60, 75 o 100% del salario, como veremos a continuación.
Causas de la baja laboral
El pago de la baja laboral se determina en función del tipo de contingencia que se presente; por lo tanto, el subsidio varía según cada caso.
La Seguridad Social agrupa en dos categorías las contingencias que pueden dar lugar a una baja laboral:
Contingencias profesionales
Las contingencias profesionales abarcan las enfermedades ocupacionales, accidentes laborales y los accidentes producidos mientras el trabajador se desplaza desde su domicilio al trabajo o viceversa.
Contingencias comunes
En esta categoría se incluyen las enfermedades físicas y mentales que el trabajador haya podido contraer fuera del ámbito laboral. Así como también los accidentes y lesiones que se hayan producido sin tener relación con el trabajo.
También contempla las bajas por maternidad y paternidad.
Para acceder al subsidio de baja laboral por contingencias comunes, el trabajador debe tener al menos 180 días cotizados los últimos cinco años para contratos a tiempo completo.
En el caso de contratos a tiempo parcial sería el coeficiente global de parcialidad de los últimos cinco años, es decir, la equivalencia en tiempo completo. Por ejemplo, si un empleado trabaja media jornada y lleva 2500 días trabajados, los días cotizados son 1250.
Pago de la baja laboral
En principio, es la empresa quien paga la nómina al trabajador que está de baja laboral.
Sin embargo, según el tipo de contingencia, a la Seguridad Social o a la Mutua le corresponde reintegrar el importe del salario al empresario en las situaciones previstas como veremos a continuación.
¿Quién paga la baja laboral en caso de contingencias comunes?
En el caso de contingencias comunes, el pago de la baja laboral sigue el siguiente esquema:
Primeros tres días: el trabajador no cobra nada, salvo que se indique algo distinto en el convenio laboral en el que esté inscrito.
Es decir, la empresa está exenta de pagar el salario correspondiente a esos tres días, salvo que el convenio laboral indique lo contrario.
A partir del cuarto día hasta el día veinte de la baja, el trabajador enfermo o lesionado cobra el 60% de su sueldo.
Si la baja se extiende, a partir del día 21 el trabajador cobra el 75%.
En el caso de las bajas por maternidad, la trabajadora cobrará el 100% del sueldo desde el primer día de baja hasta la fecha de su reintegro al puesto de trabajo.
En el caso de contingencias comunes, el trabajador recibe el pago por parte de la empresa. Del 4º al 15º día, el 60% lo paga el empresario. A partir del día 16 hasta el 20, el 60% lo paga la Seguridad Social, y a partir del día 21 el pago del 75% va por cuenta de la Seguridad Social o de la mutua que haya contratado la empresa.
Pago de la baja laboral en el caso de contingencias profesionales
Cuando se trata de una contingencia profesional, es decir, un accidente laboral o una enfermedad ocupacional, el trabajador recibe el 75% de su sueldo desde el primer día.
En este caso, la seguridad social no paga nada; el empresario debe pagar el salario o la Mutua que haya contratado para hacer frente a pagos de nómina por baja laboral.
¿Seguridad Social o Mutua?
La empresa puede escoger de qué manera se gestiona el bajo por baja laboral. Puede decidir entre gestionar el subsidio a través de la Seguridad Social o contratando los servicios de una mutua.
La modalidad de gestión no representa diferencia alguna para el trabajador quien recibirá el pago de su salario, según corresponda en función del tipo de contingencia. La variación la tendrá en la manera en que se hace seguimiento a su evolución.
Si la empresa contrata los servicios de una Mutua, esta puede solicitar al trabajador que se someta a evaluaciones médicas periódicas en su centro médico.